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Sección: Estado de Veracruz

Se caen en Juzgados recursos contra designación de Fiscal de Veracruz

Jueces comenzaron a desechar recursos interpuestos por exaspirantes al cargo que hoy ocupa Verónica Hernández

José Topete Xalapa, Ver. 01/07/2020

alcalorpolitico.com

El juicio de garantías o amparo resulta improcedente contra el proceso de designación de la fiscal general del Estado, Verónica Hernández Giadáns. Así lo han resuelto jueces federales, quienes comenzaron a desechar los recursos interpuestos por exaspirantes al cargo.

Ángel Rodríguez Bernal, quien formó parte del proceso en el que Hernández Giadáns fue ratificada en el cargo por la LXV Legislatura, buscó ampararse ante el juzgado primero de Distrito en Veracruz.

Sin embargo, la autoridad jurisdiccional señaló que las resoluciones o declaraciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen, de las Legislaturas de los Estados o de sus respectivas Comisiones o Diputaciones Permanentes, no proceden en ciertos supuestos.



Señaló que los amparos no son viables en la declaración de procedencia y en juicio político, así como en elección, suspensión o remoción de funcionarios en los casos en que las Constituciones correspondientes les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente.

“Estas últimas características son las condicionantes que el órgano de amparo debe verificar que se actualicen para decidir si la demanda de amparo debe desecharse de plano al concretizarse una causal de improcedencia notoria y manifiesta o bien, debe admitirse por considerar que procede el análisis de la constitucionalidad el acto reclamado”.

Rodríguez Bernal acusó que se implementó un procedimiento irregular por parte de la Junta de Coordinación Política, requiriendo anularlo.



Sin embargo, el juez consideró que el Congreso actuó con base en una decisión soberana y, en consecuencia, “contra aquella no procede el juicio de amparo en términos del precepto 61, fracción VII, de la Ley de Amparo”.

“Así, cuando el Congreso del Estado de Veracruz elige al Fiscal General lo hace en ejercicio de una facultad exclusiva y en aras de un gobierno democrático porque, en su carácter de representante popular, tiende a integrar debidamente a un órgano constitutivo de uno de los órganos autónomos del Estado, ello en cumplimiento al mandato de la Ley Fundamental local”.

Añadió que la convocatoria expedida para la designación no introdujo requisitos o procedimientos que regularan la forma de realizar la designación o algún parámetro que pudiera ser revisado en la vía constitucional.



El juez determinó que el amparo era improcedente, determinado desecharlo de plano, lo que valida el proceso de selección de Hernández Giadáns.

“En consecuencia, en opinión de esta juzgadora, es claro y evidente, que la elección de la Fiscal General para el Estado de Veracruz, como facultad exclusiva de la Legislatura del Estado, se traduce en una decisión soberana y discrecional contra la cual no procede el juicio de amparo, lo cual constituye una causa notoria y manifiesta de improcedencia”.