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Sección: Estado de Veracruz

En Coatepec

Nuevo Bando de Policía y Buen Gobierno contempla sanciones a personas con discapacidad

Se aplicarán cuando se compruebe que impedimentos no fueron determinantes en la comisión de faltas

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 25/09/2020

alcalorpolitico.com

El Ayuntamiento de Coatepec, que preside Luis Enrique Fernández Peredo, impondrá sanciones a los invidentes, sordomudos y personas con alguna discapacidad grave de cualquier tipo, por las faltas que cometan al Bando de Policía y Gobierno, que el lunes de la próxima semana entra en vigor, siempre que se compruebe que sus impedimentos físicos no han influido determinadamente sobre la comisión de los hechos.

Para ello, la autoridad municipal encargada de aplicar las sanciones por la comisión de infracciones deberá ponderar adecuadamente la limitación del infractor, a fin de que se le considere como atenuante al momento de fijar la sanción.

El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Coatepec impone multas económicas de 86.88 pesos hasta 173 mil 760 pesos a quienes infrinjan sus disposiciones. La reincidencia dará lugar a la duplicidad de la multa impuesta.



Además de apercibimiento; amonestación; clausuras definitivas; cancelaciones de permisos, autorizaciones, cédulas de empadronamiento o licencias de funcionamiento respectiva; retención de mercancías, instrumentos u objetos materia de la infracción; demolición de construcciones; arrestos administrativos hasta por 36 horas y trabajo a favor de la comunidad.

Al imponer la sanción, la autoridad municipal deberá fundarla y motivarla, oyendo previamente al infractor y deberá apreciar las circunstancias de la falta, considerando atenuantes, si llegaran a existir y considerar la gravedad de la infracción o del daño causado; la condición socioeconómica del infractor; y el uso de violencia física o moral.

Entre las infracciones al Bando de Policía y Gobierno figuran la mendicidad en la vía pública solicitando dádivas de cualquier especie; pernoctar en lugares públicos; realizar bailes o fiestas en un domicilio particular o en lugares públicos de tal forma que causen molestias a los vecinos y asedio a personas mediante frases o ademanes soeces.



También son infracciones permitir en los templos honras fúnebres de cuerpo presente, cuando el fallecido haya muerto de enfermedad contagiosa y realizar apuestas y todo juego de azar en las plazas públicas, calles, salones de billar, cantinas, plazas de toros, parques deportivos o cualquier lugar público o privado, con monedas, barajas, dados o cualquier medio, sin previo permiso de la autoridad competente.

Así como omitir la vacunación de perros contra la rabia o no comprobar sus dueños que los animales se encuentren debidamente vacunados; ejercer actividades histriónicas, tales como cantar, declamar, bailar o actuar en público, sin autorización municipal. Se considerará infractor a cualquiera que organice este tipo de eventos, que de alguna manera alteren el orden establecido, la vialidad o el decoro.