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Sección: Estado de Veracruz

OPLE debe garantizar participación política de indígenas y afromexicanos: TEV

- Congreso y OPLE deberán hacer consulta a estos pueblos y comunidades al concluir comicios

- También se deberá armonizar la Constitución de Veracruz a la Federal

Comunicado Xalapa, Ver. 04/12/2020

alcalorpolitico.com

En sesión virtual del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), la Magistrada Presidenta y Magistrados, confirmaron el recurso de apelación 32 de 2020, interpuesto por el Partido Acción Nacional, a través de su representante ante el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz, en contra del acuerdo OPLEV/CG152/2020, por el que se aprueba el estudio sobre la viabilidad de implementar acciones afirmativas en favor de personas indígenas y jóvenes, para el proceso electoral local 2021, en el Estado de Veracruz, así como los lineamientos para su regulación.

El Consejo General del OPLE, fundó y motivó su actuar, a partir de lo acontecido con motivo de las reformas plasmadas mediante los Decretos 576 del 22 de junio a la Constitución de Veracruz, y 580 de 28 de julio al Código Electoral, respectivamente.

El OPLE razonó que derivado de la reforma mencionada se advertía que el Legislador veracruzano había sido omiso en precisar la forma de participación de los pueblos y comunidades indígenas, así como de las personas jóvenes, por tanto, ante el silencio del Legislador se determinó procedente la emisión de medidas afirmativas.



El Tribunal concluye que es conforme a Derecho que el OPLEV adopte las medidas necesarias para la organización, acompañamiento y apoyo a las comunidades, pueblos indígenas y afromexicanas, y además deberá emitir lineamientos que garanticen la participación política de las y los habitantes de dichos pueblos y comunidades, en un marco de progresividad, igualdad e interculturalidad.

Además, tal como se razonó, la normativa local actualmente aplicable, es decir sin tomar en cuenta las reformas declaradas inválidas por la SCJN, no es específica sobre la forma en que tiene que desarrollarse la participación de los pueblos y comunidades indígenas en la vida política del Estado, ante dicha situación se advierte que el Legislador Estatal no es específico en precisar la forma en que se tiene que desarrollar dicha participación.

Por lo que, en virtud de ello, al igual de lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se vincula a la Legislatura del Estado y al OPLEV, para que, dentro del año siguiente a la conclusión del proceso electoral, realicen la consulta a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como que el Congreso armonice la Constitución de Veracruz y la legislación interna, a la Constitución Federal y los tratados internacionales en materia de derechos indígenas.