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Organismo de DH acusa que el encierro de los hermanos Tzompaxtle fue injusta y arbitraria

Tras el proceso que duro casi tres años y no ser culpables de terrorismo, se les condenó tres meses más por el delito de cohecho

Miryam Rodr?guez Hern?ndez Orizaba, Ver. 19/10/2008

alcalorpolitico.com

Al no tener otro delito porque acusarlos, los hermanos Gerardo y Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, así como Gustavo Robles López, fueron sentenciados por el delito de cohecho; sin embargo como la condena fue de tres meses salieron libres después de estar tras las rejas 2 años 9 meses.

En este sentido integrantes de la Organización defensora de derechos humanos "Red Solidaria Década Contra la Impunidad", expresaron que la sentencia emitida está totalmente apegada a derecho, pero también destacaron que su detención fue arbitraria así como que fue injusto que pasaran casi tres años en un penal y después de todo este tiempo que la autoridad se diera cuenta que no eran responsables del delito de terrorismo.

"En la sistematización del caso fuimos poniendo en evidencia las múltiples violaciones a los derechos humanos al juicio justo y al debido proceso que se cometieron de manera sistemática desde el momento de su detención hasta la sentencia emitida por el Juez Roberto Castillo Garrido del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz con residencia en Córdoba, quien el día 14 de mayo del 2008 los sentenció a cuatro años por el delito de delincuencia organizada, por cometer terrorismo y 3 meses por el delito de cohecho".

De igual forma dijeron hicieron memoria que el 12 de enero del 2006, Gerardo y Jorge Tzompaxtle Tecpile, así como Gustavo Robles López fueron detenidos por integrantes de la Policía Federal Preventiva acusados por el probable delito de cohecho, y le iniciaron la Averiguación Previa PGR/VER/ORI/MI/004/2006.

Y posteriormente fueron trasladados por agentes de la Agencia Federal de Investigaciones a la Ciudad de México, a la Unidad Especializada de Investigación de Secuestros de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada de la Procuraduría General de la República; ahí los vincularon con la Averiguación Previa PGR/SIEDO/UEIS/022/2003 sobre el delito de secuestro en agravio a Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.

Pero en esos días les iniciaron la averiguación previa PGR/SIEDO/UEITA/004/2006 por Violación a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada por delitos relacionados con Actos de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas.

Desde que fueron llevados de Orizaba a México sufrieron violaciones a sus derechos humanos, ya que los mantuvieron más de dos meses incomunicados; sus familias no sabían que sucedía con ellos, por tal motivo y tras la denuncia interpuesta por la red defensora de derechos humanos; el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de la Organización de las Naciones Unidas, emitió su opinión:

"La privación de libertad de Jorge Marcial Zompaxtle Tecpile, Gerardo Zompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López es arbitraria, ya que contraviene a los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y corresponde a la categoría III de las categorías aplicables al examen de los casos presentados al Grupo de Trabajo".

Recordaron que el pasado jueves 16 de octubre, el Magistrado Rafael Remes Ojeda del Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, resolvió el Recurso de Apelación en Segunda Instancia a favor de este trío absolviéndolos de la acusación realizada en su contra por el M.P. de la Federación y cuyo delito era delincuencia organizada, ilícito previsto por el artículo 2° Fracción I, en caso de Terrorismo, y sancionado por el diverso 4° , fracción II, inciso b, ambos de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.