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Sección: Estado de Veracruz

Pandemia incrementa vulnerabilidad de niñas y mujeres migrantes

ONU Mujeres, ACNUR y OIM alertan por casos de violencia sexual y de género contra migrantes y refugiadas

Daisy Aller Xalapa, Ver. 23/10/2020

alcalorpolitico.com


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El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU Mujeres) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) advierten que los contextos de emergencia como la pandemia pueden poner a las mujeres y niñas migrantes y refugiadas en situaciones de mayor vulnerabilidad.

El informe Mujeres migrantes y refugiadas en el contexto de la COVID-19 refiere que “las mujeres y niñas migrantes y refugiadas pueden experimentar un aumento de casos de violencia sexual y basada en género derivado de las medidas del aislamiento y confinamiento en los hogares o albergues, las cuales tienen miedo a denunciar por su estatus migratorio o por dependencia derivada de sus casos de solicitud de la condición de refugiado; además de encontrarse imposibilitadas para acceder a servicios de atención o canales de denuncia”.

Ya de por sí este colectivo vive una situación complicada puesto que, aunque es difícil tener cifras confiables, se sabe que entre el 24% y el 80% de las mujeres migrantes y refugiadas experimentan alguna forma de violencia sexual en su tránsito por México, recuerda.



El documento señala que las medidas de sana distancia han reducido la actividad de proyectos y organizaciones que atendían principalmente a poblaciones migrantes y refugiadas. “Esta situación se agrava en el caso mexicano si consideramos que es el segundo país a nivel mundial con el mayor numero de mujeres emigrantes. Además, el 22.8% del flujo de tránsito por México, originario de Centroamérica y repatriado por las autoridades mexicanas, son mujeres”.

Otro problema es que en las estaciones migratorias, donde puede haber condiciones precarias por hacinamiento, falta de higiene y de acceso a servicios de salud, entre otras, hay dificultades para aplicar las medidas sanitarias y de distanciamiento recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Por su parte, los albergues y centros de acogida que reciben personas migrantes y refugiadas pueden cerrar o limitar el ingreso de personas para cumplir con las medidas de prevención y evitar el contagio, lo que disminuye las opciones de que las mujeres y niñas encuentren un alojamiento seguro y exacerba los riesgos de explotación sexual.



Los servicios y el apoyo a sobrevivientes de violencia sexual y de género (VSG) (gestión clínica y psicosocial) también pueden interrumpirse cuando los servicios de salud están enfocados en la atención de la pandemia, incluyendo el acceso a salud sexual y reproductiva, consideran los especialistas, por lo que esto también constituye un problema para las migrantes y refugiadas.

Cabe recordar que en México, más del 70% de las mujeres migrantes son trabajadoras del hogar. Este colectivo enfrenta situaciones de vulnerabilidad como mecanismos de contratación precarios y falta de medios de asistencia y protección adaptados a su situación; con la pandemia asumieron una carga de trabajo adicional en su círculo familiar y sus ingresos pueden ser reducidos, retrasados o simplemente retirados a causa de despidos, y tienen que sufrir incertidumbre de su estatus migratorio, salir a cumplir con trámites administrativos y viven con la discriminación derivada de su condición.

“Las mujeres trabajadoras del hogar migrantes se convierten en eslabones débiles en la cadena de contagio, pues no siempre pueden atender las recomendaciones de salud y prevención porque tienen que salir a trabajar para preservar sus medios de subsistencia o cumplir con requisitos administrativos de su situación migratoria”.



Para evitar las situaciones anteriores, los organismos internacionales recomiendan a los gobiernos garantizar que las personas migrantes y refugiadas reciban atención médica, incluyendo los servicios de salud sexual y reproductiva, independientemente de su nacionalidad y estatus migratorio, y las estaciones migratorias deben asegurarse de que se cumplan en la práctica con las medidas señaladas por la OMS y garantizar que las personas migrantes tengan acceso a la salud, a pruebas de detección y a medidas de distanciamiento que reduzcan los riesgos de contagio.

También se debe apoyar a los albergues de la sociedad civil con alimentación e insumos de higiene, así como en la implementación de medidas de prevención y respuesta ante la pandemia, para que permanezcan en operación y con acceso a servicios básicos en todas las etapas de la contingencia.

Es fundamental asegurar, a nivel federal y estatal, que los equipos de respuesta a la pandemia están considerando la atención a la violencia basada en género para personas solicitantes, refugiadas y migrantes en la contingencia. En particular, se debe confirmar la existencia mecanismos de apoyo psicosocial y contención a distancia, así como la adecuada operación de las líneas de atención telefónica y de los refugios y centros de atención y protección de las mujeres.



Es importante reforzar la atención y el acceso de las mujeres migrantes y refugiadas a servicios de salud sexual y reproductiva, a través de medidas como la distribución de kits de dignidad que aseguren la higiene menstrual de mujeres y niñas migrantes y refugiadas, y apoyar a refugios seguros para sobrevivientes de violencia sexual y basada en género y sus familias, muchos de los cuales reciben a mujeres migrantes y refugiadas, garantizando que tengan insumos alimentarios y de higiene y que puedan estar en operación en todas las etapas de la contingencia.

Además, se debe acelerar, en la medida de lo posible, los procesos y procedimientos de definición de estatus migratorio y/o de asilo, para evitar la permanencia prolongada y el hacinamiento de mujeres y niñas en estaciones migratorias y albergues, que pudiera incrementar el riesgo de contagio.

Por otra parte, se debe garantizar el cumplimiento el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual establece que el Estado debe garantizar la protección de las mujeres y hombres que se dediquen al trabajo remunerado en los hogares; buscar alternativas a los trámites administrativos que requieren que las personas se trasladen, para reducir el riesgo de contagio de las personas migrantes, y promover la implementación de políticas nacionales de cuidados que incluyan a todas las personas trabajadoras del hogar sin importar su estatus migratorio.




Trabajo realizado con el apoyo de: Journalism Emergency Relief Fund https://newsinitiative.withgoogle.com/journalism-emergency-relief-fund