Quienes ofrezcan en renta un inmueble o propiedad, deben realizar un contrato legal y formal para evitar ser investigados por la ley, en caso de que los inquilinos usen el espacio para incurrir en actos ilicitos, señaló el notario Adolfo Montalvo Parroquín.
Recordó que con la Ley de Extinción de Dominio, recientemente aprobada a nivel nacional, se establece que se pueden expropiar las propiedades donde se presuma que se haya cometido un delito, además los inmuebles se podrían vender anticipadamente antes de que dicten sentencia contra los inculpados.
“Es una ley que ya se ha utilizado; sin embargo, al ser de carácter civil se empiezan a considerar nuevas modalidades como el proceso, se establece en esta nueva ley todo el proceso a seguir, lo preocupante y lo que ha venido a ocasionar es que pudiera haber una venta anticipada de los bienes sin contar con una sentencia previa, entonces ahí pudiera haber un problema porque se pueden vender los bienes y si la sentencia es favorable para el probable inculpado se tendrá que restituir”, dijo.
El notario mencionó que por ello, los dueños de propiedades rentadas deben establecer un contrato formal y no de palabra, así como la revisión del inmueble de forma esporádica para garantizar que todo esté bajo control.
Montalvo Parroquín recordó que esta ley acaba de tener validez el 10 de agosto y establece un carácter civil a los procesos penales y las ventas anticipadas se decidirán por un gabinete presidido por el Presidente de la República.