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Sección: Estado de Veracruz

Percibirá CMAS Xalapa 560 millones para el ejercicio fiscal 2019

- Se destinarán a cubrir la prestación de servicios públicos de administración de agua

- Informa que se otorgarán subsidios a jubilados, pensionados y a adultos mayores de 65 años debidamente acreditados

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 27/04/2019

alcalorpolitico.com

Para el Ejercicio Fiscal del año 2019, la Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento (CMAS) de Xalapa, percibirá ingresos por 560 millones de pesos, provenientes principalmente de derechos por los servicios de agua, drenaje y tratamiento de aguas residuales, que se destinarán para cubrir la prestación de servicios públicos de administración de agua.

Y otorgará un subsidio obligatorio en los casos de jubilados, pensionados y a los adultos mayores de 65 años debidamente acreditados con la credencial de elector vigente, así como a las personas con discapacidad física, intelectual o sensorial.

La CMAS determinó que el cálculo de las cuotas por consumo de agua potable, drenaje y tratamiento y disposición de aguas residuales y agua tratada, se efectuará aplicando la tarifa aprobada al número de metros cúbicos consumidos.



Los metros cúbicos consumidos se obtendrán de la lectura de los aparatos medidores. Cuando no se pueda determinar el volumen de agua, como consecuencia de la descompostura del medidor por causas no imputables al usuario, la Gerencia Comercial, podrá determinar el importe del servicio de agua considerando los metros cúbicos usados en promedio durante los tres últimos periodos, siempre y cuando éstos no sean resultado de un ajuste previo.

La Comisión, a través de la Gerencia Comercial tendrá la facultad de realizar ajustes a los consumos y cuotas servicio de agua, drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales conforme a lo establecido en los Lineamientos para la Reducción de Cobros de Usuarios de la Comisión aprobados por el Órgano de Gobierno.

El Órgano de Gobierno podrá otorgar subsidios por cuanto al pago de los servicios regulados por la Ley a particulares de escasos recursos económicos, grupos vulnerables que pertenezcan a zonas de alta marginalidad, previo estudio socioeconómico que deberá realizar la Comisión, así como a dependencias o Entidades Federales, estatales o municipales, instituciones educativas o de asistencia pública o privada; y establecer las reglas para el otorgamiento de los mismos, formas de acreditación y condiciones.



La Gerencia Comercial determinará la procedencia del otorgamiento de subsidios y el porcentaje a subsidiar en apego a Reglas de Operación para el otorgamiento de subsidios a los servicios de Agua Potable, Drenaje y Disposición de Agua Residuales a cargo de la Comisión, expedidos por el Órgano de Gobierno.