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Sección: Estado de Veracruz

Por deficiencias en el expediente, Adrián Viccón logra amparo contra orden de aprehensión

- Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción no logró demostrar la necesidad de capturarlo

- Deberá celebrarse otra audiencia que establezca si se justifica o no procesar al extesorero yunista

Claudia Montero Xalapa, Ver. 25/03/2021

alcalorpolitico.com

La orden de aprehensión librada en contra del extesorero de la administración de Miguel Ángel Yunes, Adrián Viccón, deberá ser dejada sin efectos, ya que la Fiscalía General del Estado (FGE) no demostró la necesidad de girarla en lugar de conducirlo al proceso en libertad, así lo confirmó el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal en Veracruz.

Por tanto, la orden de aprehensión obtenida en contra de Adrián Viccón por los delitos de incumplimiento de un deber legal, abuso de autoridad y desvío de recursos deberá quedar sin efecto por vulnerar el principio de oralidad, así como los derechos a la debida fundamentación y motivación del exfuncionario, confirmando la resolución amparadora que antes había sostenido el Juzgado Decimoctavo de Distrito dentro del Juicio de Amparo 1146/2019.

En ese sentido, la sentencia detalla que el entonces fiscal especializado en Combate a la Corrupción, Víctor Luis Priego López, no logró demostrar la necesidad de librar una orden de aprehensión en contra del extesorero yunista, además de que incumplió con los lineamientos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales para su solicitud.



Por lo que en la resolución se establece que “los anteriores vicios de naturaleza formal, indudablemente, incidieron de manera negativa en los derechos sustantivos de los quejosos, a la luz de los principios contenidos en los artículos 14 y 16 constitucionales”.

De este modo, la Justicia Federal ordena que el Juez de control “deje insubsistente la orden de aprehensión librada” y celebre una nueva audiencia, en la que atendiendo los lineamientos del fallo “establezca motivadamente si se encuentra justificada o no la necesidad de cautela”.