Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Por disminución de trabajo, cierra Juzgado Mixto Menor de Misantla

- Temas en materia civil y familiar pasarán al Juzgado Cuarto de Primera Instancia

- Causas penales que se remitirán al Archivo General del Consejo de la Judicatura

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 30/04/2019

alcalorpolitico.com

El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado acordó el cierre del Juzgado Mixto Menor del Distrito Judicial de Misantla con residencia en Martínez de la Torre, a partir de este 1 de mayo.

Por lo que la documentación y asuntos que estén actualmente en trámite en el Juzgado que desaparece, los que corresponden a la materia civil y familiar deberán pasar a formar parte del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de ese mismo Distrito Judicial y residencia.

Y por cuanto hace a las causas penales que se encuentren todavía en ese Juzgado y que como se observa de la noticia ya se encuentran concluidas, deberán de ser remitidas al Archivo General de esta Institución.



La causa del cierre del Juzgado obedece a que han disminuido considerablemente los asuntos que llevan en trámite. Por lo que es razonable estimar que la disminución de la carga de trabajo sea total en el futuro inmediato, atendiendo a las reformas constitucionales en materia penal, mercantil y familiar, por lo anterior, resulta claro que ante la atribución del Consejo de la Judicatura para lograr una administración eficiente de los recursos financieros, materiales y humanos con que cuenta el Poder Judicial de Veracruz, es necesario destinar aquellos recursos, hacia diversos órganos en donde la carga de trabajo sea mayor.

Se reporta que al cierre del mes de febrero de este año, el Juzgado que desaparece tiene 481 asuntos civiles en trámite y 0 asuntos penales en trámite; iniciándose 24 asuntos civiles y 0 penales.

La entrega, traslado y recepción de los expedientes y demás documentación y objetos a cargo del órgano jurisdiccional que se extingue, se llevó a cabo el 29 y 30 de este mes, esto para garantizar el adecuado cierre del Juzgado mencionado, sin perjuicio de que se habiliten los días y horas necesarias para tal efecto.



Así, el Consejo de la Judicatura, atendiendo a las necesidades del servicio, capacidades, funciones, antigüedad y demás condiciones oportunas, determinará la nueva adscripción de los servidores públicos considerados de confianza y de base que estuvieran laborando en el Juzgado que desaparece.

Y para estar en condiciones de readscribir al personal basificado a centros jurisdiccionales diversos, se instruye a la Subdirección de Recursos Humanos para el efecto de que remita a la Secretaría de Acuerdos del Consejo de la Judicatura, la relación del personal que se encuentra adscrito a ese órgano jurisdiccional.