Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Otra de MORENA

Por no tener credencial del INE, mamá de Ana de la Reguera ya no sería candidata

- Nena de la Reguera, abanderada morenista por la Alcaldía de Boca del Río, buscó sacarla tarde

- Tribunal Electoral confirma negativa de Registro Federal de Electores para hacerle el trámite

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 30/04/2021

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
La candidata por el Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) a la Alcaldía de Boca del Río, Dulce María de la Reguera Gómez, tendría problemas para sostener su participación en los comicios del próximo 6 de junio, toda vez que no contaría con credencial para votar vigente.

Y es que esta tarde, los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la negativa del Registro Federal de Electores (RFE) de realizarle el trámite de expedición de la mica, por realizarlo de forma extemporánea.

La también madre de la actriz Ana de la Reguera se inconformó ante el pleno jurisdiccional porque la resolución emitida el 20 de abril por el vocal del RFE en la 12 Junta Distrital Ejecutiva del INE, con la que rechazó otorgarle la nueva credencial para votar con fotografía.



Lo anterior, toda vez que acudió al módulo respectivo el 20 de abril, esto es, 10 días posteriores a la fecha en que se cumplió el plazo máximo para recoger la credencial.

En su recurso, la candidata morenista aseguró que tal negativa le vulnera sus derechos político electorales de votar y ser votada consagrados en la Constitución Política nacional; además, acusó que el RFE no le avisó en las tres ocasiones que pasara a retirar la mica.

“Los conceptos de agravio son infundados porque contrario a lo que afirma la accionante, obran diversas constancias en autos con las que se acredita que la autoridad responsable si buscó a la autora para darle aviso de que acudiera a recoger su credencial para votar por encontrarse disponible en el módulo de atención ciudadana”, se precisó en la sentencia.



Los togados federales desestimaron sus alegatos y reiteraron que es una obligación de la ciudadanía inscribirse en el Registro Federal de Electores y acudir a los módulos que determine el INE a fin de solicitar y obtener su credencial para votar con fotografía, trámite que inicia con la solicitud y termina con la recepción de la misma.

“En el caso, la comparencia extemporánea encuadra una responsabilidad que sólo es atribuible a la parte actora (Dulce María de la Reguera Gómez), por lo que se confirma la resolución impugnada”, establecieron en la resolución.

Cabe recordar que para poder ser registrado como candidato a un cargo de elección popular, el aspirante debe contar con credencial para votar con fotografía vigente, lo cual no ocurriría en el caso de la candidata de MORENA a la Alcaldía de Boca del Río.