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Sección: Estado de Veracruz

Por violencia política, alcalde de Alto Lucero no podrá competir por otro cargo

- OPLE definirá temporalidad de la sanción contra el munícipe, por determinación del TEV

- Javier Castillo fue sancionado por violentar a Síndica

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 05/01/2021

alcalorpolitico.com

El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), ordenó al Organismo Público Local Electoral (OPLE), determinar el tiempo que el alcalde de Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Javier Castillo Viveros, deberá permanecer en el registro de personas condenadas y sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género.

Esto según el acuerdo plenario de fecha 30 de diciembre, publicado en su página web, por el que dio contestación a los oficios enviados por el secretario Ejecutivo del ente comicial, Hugo Enrique Castro Bernabe, derivados de la sentencia del 9 de noviembre en la que se confirmó la violencia política ejercida por el munícipe en contra de la síndica única, María Griselda Mora Fernández.

Los magistrados resolvieron que corresponderá al OPLE, en uso de su plena autonomía, analizar la gravedad de la sanción y la temporalidad en que deba ser inscrito Castillo Viveros, ya que Castro Bernabe solicitaba que se definiese el tiempo que permanecería el nombre del alcalde en el referido registro.



“En esa circunstancia, debe ser el OPLEV, en el ámbito de sus atribuciones y de manera subsidiaria, quien determine la gravedad de la sanción y la temporalidad, para ser inscrito el ciudadano Javier Castillo Viveros, en su carácter de presidente municipal de Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, en el Registro de personas condenadas y sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, conforme a los lineamientos del Instituto Nacional Electoral”, refiere la decisión.

Según los criterios del INE, cuando se trata de una falta leve, la temporalidad será de tres años; si es ordinaria, serán cuatro años; si es especial, cinco años y si es reincidencia, seis años.

El edil fue encontrado culpable de obstaculizar el ejercicio del cargo de la síndica, por lo que ahora deberá aparecer en el registro, lo que le impedirá durante el tiempo que permanezca en éste, aspirar a un nuevo cargo de elección popular.