Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Presenta Diputada iniciativa para establecer como patrimonio inmaterial del Estado eventos taurinos

- Incluiría la Xiqueñada y la celebración de las fiestas de La Candelaria en Tlacotalpan

- La protección de la diversidad cultural es determinante para el sano desarrollo de nuestro país en general, afirmó

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 11/07/2013

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
La diputada local Carolina Galván Galván presentó la iniciativa de Ley que establece la protección de la cultura taurina, con la finalidad de declararpatrimonio cultural inmaterial del Estado, los eventos taurinos que se efectúan durante la Fiesta de La Magdalena, en Xico y en la Fiesta de La Candelaria, en Tlacotalpan.

La ley declara del interés público la protección de la cultura taurina en el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la cual comprende la realización de corridas de toros; así como los traslados y movilizaciones de encierros y de ganado con fines rituales, conmemorativos o de preservación de tradiciones populares.



El Instituto Veracruzano de Cultura tendrá a su cargo la protección y fomento de las manifestaciones culturales materia de esta ley y garantizará el ejercicio de los derechos culturales de las personas que comparten la identidad cultural taurina.

Se reconoce y protege la condición de Artista, para los toreros, banderilleros, picadores, subalternos y en general para quienes intervienen en la lidia de reses bravas al interior de las plazas de toros.

El carácter de Empresa Cultural a las personas físicas o morales, o agrupaciones de personas que se propongan la ejecución de uno o varios proyectos o espectáculos de contenido taurino.



La condición de Promotores y Gestores Culturales a quienes realicen las actividades señaladas en el inciso anterior o de cualquier forma promuevan, gestionen, administren, animen o difundan las manifestaciones de la cultura taurina.

El titular del Instituto Veracruzano de Cultura designará un Comisionado Taurino quien tendrá la función de supervisar que la fiesta taurina conserve sus características y su realización se apegue a las normas reglamentarias

y técnicas aplicables, para lo cual podrá emitir la reglamentación de la presente ley en los asuntos que considere necesarios. Igualmente promoverá estudios, investigaciones, seminarios, conferencias y eventos artísticos relacionados con la tauromaquia.

Y los ayuntamientos reglamentarán las modalidades específicas de la realización de los espectáculos taurinos y de los eventos relacionados con los traslados y movilizaciones, a fin de garantizar su desarrollo en un ambiente de orden y de seguridad para el público, pero en ningún caso podrán prohibirlos o establecer condiciones que impidan o dificulten que se lleven a efecto.

La pretensión de prohibir estas expresiones culturales conlleva la responsabilidad constitucional por atentar contra los derechos humanos previstos en los artículos primero, cuarto y quinto de la Constitución Federal en lo relativo a la no discriminación, al acceso y participación en cualquier manifestación cultural y a la garantía de libertad de trabajo.