El Ayuntamiento de Poza Rica, que preside Francisco Javier Velázquez Vallejo, prohibió lavar los vehículos, herramientas de trabajo y cualquier objeto en la vía pública; así como lavar las banquetas y la calle con agua potable que provenga directamente de la infraestructura hidráulica o emanada de los pozos.
De igual forma, quedó prohibido no barrer y no mantener limpia la banqueta y hasta la mitad del arroyo vehicular de la calle del frente de las casas, comercios y terrenos baldíos que den hacia la vía pública.
El incumplimiento de esa disposición se sanciona con multas económicas que van de los 84.49 pesos a los 12 mil 673 pesos para la ciudadanía en general y de 84.49 pesos a los 42 mil 245 pesos para empresas comerciales, industriales y de servicios.
De acuerdo a la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas del Reglamento Municipal para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, las infracciones a las disposiciones se sancionarán con multas mínimas de 84.49 pesos hasta mayores de 12 mil 673 pesos, dependiendo de la gravedad de la falta.
Por lo que a la ciudadanía en general se le aplicará una multa económica de hasta 4 mil 224 y a las empresas comerciales, industriales y de servicios de hasta 12 mil 673 pesos, si usan, comercializan o distribuyen cualquier tipo los plásticos desechables de un sólo uso: popotes, bolsas de camiseta, bolsas de polietileno, empaques y envases de unicel o de cualquier otro tipo de plástico considerado como desechable que no sea al alto vacío y que sirva para contener comidas o bebidas.
También está prohibido limpiar, dar mantenimiento, reparar, utilizar, pintar y fabricar herramientas u objetos y demás bienes muebles en la vía pública; y arrojar residuos sólidos urbanos a la vía pública desde cualquier tipo de transporte, entre ellos, vehículo automotor o similar.
Queda prohibido arrojar a la vía pública los restos de animales muertos o residuos orgánicos, peligrosos o tóxicos, la multa podrá ser mayor si existe la queja y se comprueba que despiden olores fétidos o desagradables.
Está prohibido a toda persona utilizar a las brigadas de barrido del Gobierno Municipal para deshacerse de cualquier tipo de residuo sólido; e incumplir con la clasificación de los residuos sólidos urbanos como lo hayan indicado las autoridades municipales competentes en el Programa Municipal para la Prevención y la Gestión Integral de los Residuos.