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Priístas y panistas coinciden en endurecer las penas para choferes que atropellen

- Los accidentes, por ganar el pasaje, debido a bajos salarios y exceso de concesiones - Juntos pero no revueltos, meterán iniciativas para que homicidio imprudencial se convierta en delito grave

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 24/09/2009

alcalorpolitico.com

Diputados locales del PRI y PAN presentaron por separado, iniciativas de reforma al Código Penal para incrementar las sanciones a los chóferes del transporte público que pongan en peligro la vida de las personas o maten a transeúntes con sus unidades.

Los legisladores Ángela Perera Gutiérrez del PRI y Antonio de Jesús Remes Ojeda del PAN, coincidieron en señalar que es necesario poner un “hasta aquí” a esa situación y obligar a los chóferes manejar con prudencia y respeto a la vida.

También proponen que se cancelen las licencias temporalmente y en caso de reincidencia se conceda la privación definitiva de manejar.

Cabe recordar que en días pasados en el puerto de Veracruz un padre de familia perdió la vida ante la mirada de sus menores hijas, al ser atropellado y rematado por un chofer del servicio urbano.

Los diputados coincidieron en señalar que los bajos salarios, el exceso de concesiones y la invasión de rutas, las carreras en la pelea por el pasaje, además de otros excesos en los que algunos chóferes incurren, han llevado a este sector a convertirse en uno de los que más accidentes de tránsito genera en el Estado.

El diputado panista, Antonio de Jesús Remes Ojeda mencionó la inconveniencia de aumentar más años de prisión ya que en la actualidad se tiene una penalidad de 3 a 9 años, por lo que si se aumentan se convierte en delito grave para la sociedad grave con la connotación de no alcanzar libertad bajo fianza.

Y es que dijo que jurídica y técnicamente no es lo viable, ya que no se debe perder de vista que se trata de un delito de peligro y no de resultado.

Por eso, propuso aumentar las sanciones solo por lo que respecta a la multa a mil 700 salarios mínimos y también el parámetro para la sanción de uno a cinco años o la privación definitiva del derecho de manejar, en caso de reincidencia.

También propuso prisión de tres a 15 años a quien en estado de ebriedad, bajo el influjo de alguna droga o enervante o en forma temeraria conduzca un vehículo de transporte de pasajeros en cualquier modalidad.

Entre ellas turismo, carga, tráilers, transporte privado, de transportación de substancias peligrosas tales como explosivos, líquidos o sólidos inflamables, corrosivos, oxidantes, peróxidos orgánicos, radioactivos, tóxicos agudos y agentes infecciosos, arrastre y salvamento, gases comprimidos.

Pero además, si el conductor causare uno o más homicidios se le impondrán de diez a treinta años de prisión y multa hasta de mil veces el salario, además de la suspensión de siete a doce años del derecho para conducir vehículos de motor.

Por su parte, la diputada del PRI Ángela Perera Gutiérrez, propuso eliminar la prerrogativa de libertad bajo caución en caso de homicidio imprudencial, cuando en la conducción de un transporte público, pierda la vida una persona.

También pidió agravar en un porcentaje las penas relativas a los delitos cometidos por trabajadores del autotransporte de pasajeros; y se determinaría al concesionario como responsable de su chofer en caso que demuestre que no haya dado debida capacitación y carezca de documentación necesaria.

Por esa razón, propuso que si el conductor causare uno o más homicidios se le impondrán de siete a veinte años de prisión y multa hasta de mil veces el salario, además de la suspensión definitiva para conducir vehículos de motor ya sea de carga o de pasajeros.

Al concesionario que sabiendo que sus trabajadores no cumplen con los requisitos establecidos, o incurren en alguna de las faltas establecidas en la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Veracruz, y no tome las medidas pertinentes o bien, por omisión, no realice las reparaciones mecánicas a fin de que la unidad transite en condiciones adecuadas, y no establezca las medidas preventivas para conocer el estado de salud en que se encuentren los conductores de sus unidades y sea ésta la causa de un accidente vial, se le considerará participe del delito y se le impondrá de dos a nueve años de prisión y multa de hasta mil días de salario, además de las sanciones que señale la citada Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Veracruz.

Se impondrán de seis meses a tres años de prisión y multa de cien a quinientos días de salario y suspensión de derechos para conducir vehículos hasta por dos años a quien: si este delito se comete por conductores de vehículos de transporte público en cualquiera de las modalidades previstas en la Ley de Tránsito y Transporte del Estado, las sanciones serán de cinco a diez años de prisión, multa hasta de ochocientos días de salario y suspensión del derecho de conducir vehículos de motor hasta por otros siete años o privación definitiva del derecho de manejar, en caso de reincidencia o a consideración de la autoridad correspondiente.