Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Quien revela datos personales de un tercero, comete un delito que debe ser sancionado

- Venta de bases de datos con información bancaria es común por Internet y en Tepito: Rodolfo Chena

- Sólo el propietario puede permitir la difusión de sus datos: Director del Jurídico de Gobierno estatal

?ngeles Gonz?lez Ceballos Xalapa, Ver. 08/06/2013

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
La venta de bases de datos con información bancaria es muy común, se consigue a cualquier precio, por Internet y en Tepito, señaló Rodolfo Chena Rivas, director general del Jurídico de Gobierno del Estado.

Hay que mencionar que recientemente se dio a conocer que el IFAI denunció penalmente ante la Procuraduría General de la República (PGR) la venta de bases de datos mediante ofertas enviadas por correos electrónicos en Internet el año pasado.

En el marco del curso organizado por el IVAI y la Universidad Veracruzana sobre la protección de datos personales, resaltó que ante esta invasión de derechos, lo que se debe hacer es tener normas que protejan al ciudadano, como la Ley de Protección de Datos Personales.



“Cuando una disposición se crea para proteger a alguien, hace que ciertas actividades sean ilícitas y eso es un gran paso porque antes no lo era. Hacer ciertas conductas ilícitas supone un mecanismo para que se proteja a la persona de esas condiciones”, indicó.

Expuso que los datos personales, su tutela, que corresponde a un instituto en el Estado, que es un organismo autónomo separado de los poderes públicos, resulta fundamental.

“Quién nos garantiza que la vida personal no pueda ser ventilada a través de Internet, de las redes sociales, incluso el fenómeno de wikileaks está para recordarnos la dificultad entre lo público y lo privado enfrenta un proceso judicial”, mencionó.



Puntualizó que el derecho humano que es el dato personal se funda en la voluntad, de suerte que si cada quien decide hacer públicos sus datos personales, no pasa nada, pero si no lo hacemos, nadie lo puede hacer público sin nuestro consentimiento.

Aseveró entonces que si alguien lo hace, comete un delito porque violenta un derecho humano fundamental, que es el derecho a la intimidad personal y familiar, al honor y a la dignidad.

Subrayó que las sanciones pueden ser desde una llamada de atención hasta las multas, pero no son sanciones de naturaleza penal.



Abundó que los datos personales son un derecho que todos tenemos, porque su protección supone que tenemos características de cada uno de nosotros por la individualidad, de tal manera que se crea una esfera que no puede ser invadida ni por las diferentes autoridades ni diferentes grupos colectivos distintos al individuo.

“Hay un derecho constitucional que fundamentalmente conocemos como el derecho a la intimidad personal y familiar, es decir, el nombre, la dirección”, aseveró.

La Ley de Protección de Datos Personales hace justo eso, establece un mecanismo para proteger la información personal o de vida como se le llama, allí donde no tiene un efecto público.



De allí que la expresión más grande del dato personal sería la secrecía del voto, “nadie está obligado a dar información sobre sí como la puede entenderse pública en otro sentido, por eso cuando la información es pública así se llama”.