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Sección: Estado de Veracruz

Reanuda Gobierno Estatal expropiación de predio para autopista Cardel-Poza Rica

- Se encuentra en Vega de Alatorre y es propiedad de Alfredo Spinoso Corral

- Dueño obtuvo amparo para presentar pruebas en su favor pero no acudió a audiencia

- Decreto estipula una indemnización de un millón 687 mil pesos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 20/01/2022

alcalorpolitico.com

El gobernador, Cuitláhuac García Jiménez, retomó el procedimiento de expropiación, con motivo de utilidad pública, de una fracción del predio rustico “Venecia”, ubicado en la congregación Rancho Nuevo del municipio Vega de la Alatorre, a favor de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para ser destinado a derechos de la vía general de comunicación “tramo Laguna Verde-Gutiérrez Zamora” de la autopista federal “Cardel-Poza Rica” a cargo de la empresa Concesionaria Autopista Cardel-Poza Rica S.A. de C.V.

Lo anterior, debido a que Alfredo Spinoso Corral, que se ostenta como titular registral del predio, no compareció por sí o interpósita persona, o por escrito, en la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos ordenada por un Juez federal, que se efectuó el 14 de este mes de enero, a pesar de haber sido debidamente notificado.

Tampoco compareció ningún titular del predio como causahabientes para presentar sus respectivas manifestaciones o probanzas tendentes a desvirtuar las causas de utilidad pública y/o defender sus derechos.



Por ello, el titular del Poder Ejecutivo del Estado emitió nuevamente el Decreto de expropiación del predio en el que se fija como indemnización a favor de Alfredo Spinoso Carrera en su calidad de titular registral a través de quien(es) resulte(n) ser su(s) legítimo(s) representante(s) legal(es) y/o quien(es) resulte(n) ser a la fecha titular(es) del predio, o de quien en su oportunidad resulte beneficiario, la cantidad de un millón 687 mil pesos, previa acreditación de su correspondiente personalidad y capacidad jurídica.

El Decreto fue notificado al o a los interesados y únicamente puede ser impugnado mediante Juicio Contencioso Administrativo.

Cabe mencionar que el predio con una superficie de más de 32 mil metros cuadrados fue expropiado en abril del 2018, sin embargo, Alfredo Spinoso Corral promovió un amparo y la protección de la Justicia Federal en contra del Decreto, radicándose el Juicio de Amparo número 541/2018 del índice del Juzgado Décimo Octavo de Distrito del Séptimo Circuito con residencia en esta ciudad de Xalapa.



El Juez federal dejó insubsistente el Decreto y ordenó que se notificara a Alfredo Spinoso Carrera el inicio del procedimiento administrativo de origen y compareciera para hacer valer lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas, en observancia directa de la garantía constitucional de audiencia previa.

Aunque la concesión del amparo no implica que el Poder Ejecutivo del Estado se encuentra impedido para expropiar el predio, en caso de que así sea conducente, una vez que se respete la garantía de audiencia previa de la parte quejosa, ni que se paralicen las obras motivo de la declaratoria de utilidad pública con motivo de esta resolución, la que sólo se ocupa de la protección de la garantía de audiencia.

Por ello, se fijó la audiencia para el desahogo de pruebas y alegatos a la que Spinoso Corral no se presentó.



El Gobierno del Estado justifica que la utilidad pública del predio expropiado genera beneficios a poblaciones asentadas en sus márgenes, tales como San Pablo, Paso de Barriles, Gutiérrez Zamora, 17 de Octubre, La Vigueta, Playa Oriente, Monte Gordo, Costa Esmeralda, Casitas, Nautla, Barra de Palmas, El Raudal de las Flores, El Huanal, Vega de Alatorre, El Diamante, Santander, Santa Ana, Mar Azul, Boca Andrea, Emilio Carranza, Palma Sola, entre otras.

Con el tramo carretero habrá una drástica reducción del aforo vehicular que se traduce en la disminución de niveles de contaminación auditiva y ambiental por la marcha de motores, así como del riesgo de accidentes para peatones, ciclistas y motociclistas que diariamente utilizan dicha ruta como camino de tránsito local.

Al mismo tiempo, la población usuaria de los servicios de tránsito terrestre de la zona costera central del Estado de Veracruz, de tipo particular, de carga, turismo, negocios, comercial, etcétera, reducen tiempo y distancia en su recorrido con dicha obra, toda vez que su trazo evitará el paso por poblaciones, carecerá de topes y eliminará curvas, así como columpios que actualmente evitan rebasar.