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Sección: Estado de Veracruz

Reforma a ley busca erradicar causas sociales y culturales de violencia a niños y adolescentes

Padres o tutores deben protegerlos contra abuso, explotación y del trabajo infantil

Javier salas Hernández Xalapa, Ver. 10/07/2020

alcalorpolitico.com

A partir de este viernes, la política pública estatal y municipal se deberá orientar con perspectiva de infancia y adolescencia como una herramienta sustantiva para erradicar las causas sociales y culturales de la violencia que se ejerce en contra de la niñez y la adolescencia.

Hoy entra en vigor la reforma que adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Veracruz en materia de igualdad sustantiva, trabajo y explotación infantil y perspectiva de la infancia y la adolescencia, por lo que el titular del Poder Ejecutivo tiene un plazo de 90 días para realizar las adecuaciones reglamentarias necesarias y así dar cumplimiento a las nuevas disposiciones.

Así, las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a disponer e implementar con perspectiva de la infancia y adolescencia, los mecanismos que garanticen la participación permanente y activa de niñas, niños y adolescentes en las decisiones que se tomen en los ámbitos familiar, escolar, social, comunitario o cualquier otro en el que se desarrollen.



La perspectiva de infancia y adolescencia no sustituye ni afecta el principio del interés superior de la niñez, sino que lo complementa, toda vez que el interés superior, es la decisión ponderada y de protección reforzada, sobre los derechos y bienestar de las niñas, niños y adolescentes; y la perspectiva, brinda y coadyuva a un mejor entendimiento integral de la infancia y la adolescencia, en el contexto social en que se desarrolla.

Si bien es cierto que la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes no incluye en su marco normativo la perspectiva de la infancia y adolescencia, esto no obsta para que en la legislación estatal de la materia sí pueda incorporarse, pues por una parte no existe prohibición alguna al respecto y por otra parte, resulta ser una medida proporcional y razonable para que las autoridades cuenten con una herramienta que coadyuve a comprender y evaluar los factores, realidades y contextos sociológicos, psicológicos, económicos, antropológicos, geográficos y familiares, entre otros, que existen en la sociedad y que producen y reproducen las conductas de violencia y discriminación contra ellos.

En la reforma también queda plasmado que quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, los cuiden y atiendan; protejan contra toda forma de abuso y explotación, incluido el trabajo infantil; los traten con respeto a su dignidad y orienten, a fin de que conozcan sus derechos, aprendan a defenderlos y a respetar los de otras personas.