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Sección: Estado de Veracruz

Reforma modifica integración del Órgano de Gobierno de Agencia Estatal de Energía

Ahora lo presidirá el Gobernador; titular de SEDESOL se incorpora como vocal

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 15/05/2021

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de dar mayor dinamismo a la Agencia Estatal de Energía y pueda alcanzar el desarrollo de proyectos de infraestructura del sector energético, fue necesario reformar el Decreto que crea dicho organismo para permitir la incorporación al Órgano de Gobierno del Gobernador como presidente y a la Secretaría de Desarrollo Social como vocal.

Los cambios administrativos y facultativos en la Agencia Estatal de Energía, le otorgan una mayor capacidad administrativa y económica, lo cual significa también la oportunidad de inversión tanto pública como privada que detone la actividad económica en la entidad.

Entre los cambios destaca la modificación en la integración del Órgano de Gobierno que es la máxima autoridad de la Agencia Estatal de Energía.



Al Órgano de Gobierno se integra el titular del Poder Ejecutivo como presidente y el titular de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario, quien lo presidía, será el vicepresidente.

Seguirá teniendo un Secretario Ejecutivo, ahora será el Director General de la Agencia, quien tendrá voz pero no voto, por lo que ya no será designado por el Presidente.

También serán siete las Secretarías de despacho que fungirán como vocales y no seis, pues la Secretaría de Desarrollo Social se suma a las Secretarías de Gobierno, de Finanzas y Planeación, de Educación, de Infraestructura y Obras Públicas y de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca.



El Director General de la Agencia Estatal de Energía será designado y removido libremente por el Gobernador del Estado.

Entre las atribuciones del Director General sobresalen las de administrar y representar legalmente a la Agencia por sí o por conducto de la persona que autorice, éste podrá ser mediante poderes generales o especiales que a efecto se otorgue, el representante intervendrá ante cualquier instancia administrativa, legislativa, fiscal o jurisdiccional, de carácter federal, estatal o municipal, e intervenir en toda clase de juicios en que la Agencia sea parte, incluyendo el juicio de amparo.

Así como presentar denuncias, acusaciones o querellas penales, coadyuvar con el Ministerio Público o la Fiscalía, contestar y reconvenir demandas, oponer excepciones, comparecer en las audiencias, articular y absolver posiciones, ofrecer y rendir pruebas, presentar alegatos, nombrar delegados o autorizarlos en los juicios en que la Agencia sea parte, recibir documentos y formular otras promociones en juicios civiles, fiscales, administrativos, laborales, penales o de cualquier otra naturaleza, intervenir en actos y procedimientos en general, recusar jueces o magistrados, e interponer todo tipo de recursos.



Para hacer efectivos los cambios, la Agencia Estatal de Energía deberá adecuar su Reglamento y demás disposiciones internas de organización y funcionamiento, en un plazo no mayor a noventa días, a partir de este sábado.