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Sección: Estado de Veracruz

Resolverá IVAI queja por aparición de niños en publicidad de alcaldes y diputada

- OPLE le solicita analizar fotos de Facebook y que proceda en consecuencia

- Aclaró que no constituye propaganda política dirigida a influir en electorado

- Es por lo publicado por ediles de Ixhuatlancillo y Medellín de Bravo y la diputada Brianda Hernández

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 10/02/2021

alcalorpolitico.com


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Los alcaldes de Ixhuatlancillo, Israel Pérez Villegas y de Medellín de Bravo, Hipólito Deschamps Espino Barros; así como la diputada local, Brianda Kristel Hernández Topete, podrían ser sancionados por el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) por usar a menores de edad en publicidad gubernamental.

Y es que tras los escritos presentados por David Agustín Jiménez Rojas, representante del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), ante el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE), los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias resolvieron dar vista al órgano garante para que analice las publicaciones de fotografías en sus perfiles de Facebook, donde se observan niños y proceda en consecuencia.

En las resoluciones aclararon que al considerarse que el contenido de dichas imágenes no constituye propaganda política o electoral, dirigida a influir en las preferencias electorales, el ente comicial carece de competencia para conocer de la posible infracción respecto del interés superior de la niñez, por lo que será el IVAI el que atienda los casos.



Reiteraron que conforme a la normativa comicial, los actores políticos deberán ajustar sus actos de propaganda político-electoral, mensajes electorales y actos proselitistas en los que aparezcan personas menores de edad, a las directrices establecidas, a fin de garantizar la protección de sus derechos humanos, sin importar el medio a través del cual se materialice la conducta, como pueden ser spots de radio y televisión, mensajes de redes sociales, medios impresos o cualquier uso de los medios de los comunicación.

“Esta Comisión en sede cautelar es competente para pronunciarse cuando la utilización de menores de edad se dé en la difusión de propaganda política o electoral, por lo que si la aparición de menores no está vinculada a una actividad política o electoral, resulta evidente que no se surte la facultad”, indicaron.

Los consejeros del OPLE sostuvieron que como en los enlaces electrónicos se advierte la imagen de diversas niñas y niños que pueden ser identificados plenamente, esto eventualmente pudiera poner en riesgo tanto su identidad como intimidad, contraviniendo los artículos 77 y 79 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que establecen que quienes conforma ese grupo vulnerable tiene derecho a la intimidad personal y familiar y a la protección de sus datos personales, así como su imagen.



Añadieron que dicho ordenamiento refiere que se considerará violación a su intimidad cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos, o en medios electrónicos de los que tenga control el concesionario o medio impreso del que se trate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez.

Los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias abundaron que el artículo 2, fracción II; 3, fracciones X y XX y 126, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Veracruz, señala que los datos personales es cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable expresada en forma numérica, alfabética, alfanumérica, gráfica, fotográfica, acústica o en cualquier otro formato, por lo que el IVAI es el organismo garante del Estado en esta materia.

“Por tales consideraciones, la imagen de una persona menor de edad es un dato de carácter personal que la hace identificable y el IVAI es el ente encargado de garantizar la protección de los datos personales en el Estado de Veracruz; por lo tanto, dése vista al citado Instituto para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda respecto de la publicación denunciada en donde se advierte la presencia de menores”, acotaron en las resoluciones cautelares.



Estos alcaldes y la legisladora local se suman a las munícipes de Nanchital, Zoila Balderas Guzmán y de Tlacojalpan, Clara Luz Domínguez Vargas, quienes también usaron a menores de edad en sus propagandas de gobierno y ahora estarán sujetos a las determinaciones que adopte el órgano garante estatal.