Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Revoca el TEEV registro del candidato panista a la alcaldía de Lerdo

Ordena al órgano interno del PAN subsane en 24 horas y proceda para el registro de Julio C. Medina y su planilla

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 14/06/2013

alcalorpolitico.com

El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV), ordenó revocar el registro de la actual candidata a la presidencia municipal de Lerdo de Tejada del Partido Acción Nacional (PAN) Raquel de Jesús Vélez Castillo, junto con toda su planilla y que se registre la planilla encabezada por el candidato ganador Julio César Medina Villegas.

Los magistrados ordenaron restituir a los actores sus derechos políticos violentados, por tanto, revocaron el acuerdo del 29 de mayo en el que el Consejo General del IEV aprobó registros de candidatos a ediles.

El TEEV ordenó al órgano interno del PAN subsane en 24 horas y al IEV registrar al nuevo candidato propietario también en un término de 24 horas posteriores al actuar del Partido.



El magistrado presidente, Daniel Ruiz Morales, explicó que según el planteamiento de los actores al haber sido ganadora la planilla de Julio César Medina en el proceso de selección interna registraron otra planilla, asimismo con base en renuncias y sustituciones incorporaron algunos de la planilla ganadora en la planilla que se registra de manera supletoria pero no es aceptada por quienes inclusive fueron incorporados porque se encontraban en una posición mejor de las que se les concede al momento de ser registrados.

Por tanto, no hubo razón para justificar el cambio y el PAN tendrá que hacer el registro supletorio de la nueva planilla; el IEV deberá analizar si reúne requisitos y podría negar el registro pero ya por causas ajenas.

Por otra parte, el TEEV desechó de plano el recurso interpuesto por Lucía Ruperto Santiago y Teódulo Guzmán Crespo que pretendían impugnar las candidaturas de regidor primero y candidato a la presidencia municipal de Xalapa por parte del Partido de la Revolución Democrática (PRD).



Y es que según el análisis del JDC 177/2013 los actores no lo impugnaron por vicios propios del proceso, sino porque no fueron electos como titulares.

Asimismo, el aval de las candidaturas corresponde a los órganos de dirección del PRD y los actores debieron impugnar en el órgano partidista, porque a la fecha ese acto de nombramiento de candidatos propietarios ya alcanzó el calificativo de definitivo e inatacable.



Durante la sesión plenaria, los magistrados resolvieron en total 16 juicios para la protección de los derechos político-electorales más sus acumulados, de diferentes actores de PRD, PAN, PT y AVE, referentes al acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano (IEV) en donde se aprobaron los registros de las candidaturas a ediles para el presente proceso electoral; todos fueron desechados a excepción del juicio referente a las candidaturas en Lerdo de Tejada.