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Sección: Estado de Veracruz

Revocación de mandato debe aplicar en Veracruz; “obligación” está en la ley

El senador Julen Rementería dijo que el Congreso local tendrá que armonizar la reforma federal de 2019

José Topete Xalapa, Ver. 26/05/2020

alcalorpolitico.com

El Congreso del Estado está obligado a armonizar la revocación de mandato en el Estado al ser parte de la vigente, según el decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la materia.

Lo anterior, lo señaló el senador Julen Rementería del Puerto, quien dijo que presentó al Congreso del Estado la iniciativa para que se cumpla con dicha medida en Veracruz.

“El artículo sexto transitorio de la reforma de 2019, dado precisamente por el Congreso de la Unión, que se publicó exactamente en el mes de diciembre, establece la obligación, no es una concesión, para que se legisle en el Estado y se pueda llevar a cabo la revocación de mandato”, expuso.



Dijo que de aprobarse dicha iniciativa una vez concluido el tercer año del ejercicio del Gobierno actual, el titular del Ejecutivo veracruzano, Cuitláhuac García Jiménez, puede ser sometido a dicho ejercicio.

“Que sea sancionado por el OPLE; que pueda ser a partir del 1° de diciembre de 2021, concluyendo el tercer año de la administración y que de ser revocada por mayoría la figura del Gobernador y pueda ser nombrado primero, hasta por 30 días el presidente del Congreso y después a quien termine el periodo”, añadió.

Acusó a la actual LXV Legislatura de obstruir e impedir esta medida, ya que saben que tienen un “gobierno desastroso”.



“No es una cuestión de capricho, están obligados de acuerdo con lo que establece el sexto transitorio de la reforma constitucional a nivel de esta República”, añadió.

Hay que recordar que el artículo sexto transitorio ordena que las constituciones de las entidades federativas, dentro de los dieciocho meses siguientes a la entrada en vigor del Decreto, deberán garantizar el derecho ciudadano a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo local.