Por violar el debido proceso, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), que ordenaba sancionar al regidor del ayuntamiento de Xalapa, Daniel Fernández Carrión.
Los magistrados del TEV habrían determinado sancionar al Edil por la supuesta promoción de su imagen y de su nombre en la entrega de cámaras de vigilancia.
Durante sesión pública de la Sala Regional Xalapa, se resolvió el juicio electoral 852/2017 promovido por Fernández Carrión contra la resolución del TEV.
El funcionario entregaba cámaras de vigilancia en diversas colonias para combatir la inseguridad, por lo que fue acusado de cometer una presunta promoción de su imagen; por ello, el Tribunal acordó dar vista al Congreso del Estado para la sanción correspondiente.
No obstante, el proyecto de esta tarde estuvo a favor del regidor Fernández Carrión, pues se revocó la sentencia del TEV debido a que los magistrados locales violaron el debido proceso.
Por lo tanto, la Sala Regional Xalapa determinó como fundado el agravio debido a que no se acredito el elemento temporal, pues se omitió analizar que esto se dio una vez concluida la jornada electoral del 4 de junio y meses antes de la campaña electoral.
“De esta forma, no se acredita que el funcionario aspire a algún cargo de elección popular”, expusieron los magistrados federales.