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Sección: Estado de Veracruz

Sala Regional del TEPJF rechaza registro de Vergel como representante del PRD ante el IEV

- Confirma resoluciones del TEEV; Fredy Marcos sigue siendo el representante

- Declaran improcedentes agravios que argumentaban realizó Carolina Viveros

- Magistrados advierten que esto ya es cosa juzgada

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 11/04/2013

alcalorpolitico.com

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), calificó como inoperantes dos recursos respecto al registro de Juan Vergel Pacheco como representante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el Instituto Electoral Veracruzano (IEV).

El Juicio de Revisión Constitucional 39/2013 fue promovido por Juan Vergel Pacheco, ostentándose como representante acreditado por la Comisión Política Nacional del PRD ante el IEV, con elque

se pretendía impugnar la resolución del 21 de marzo dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV) donde se negó el registro como representante del PRD ante el Consejo General del IEV.

En el proyecto presentado en sesión de este jueves iniciada a las 14:00 horas, se plasmó calificar los agravios como inoperantes.



"Toda vez que los agravios esgrimidos en el presente juicio esencialmente se refieren a cuestiones de las cuales ya se pronunció esta Sala de manera definitiva al resolver el Juicio de Revisión Constitucional Electoral 39 del presente año interpuesto por Jesús Zambrano Grijalva, presidente del PRD Nacional, cuyo objeto de litigio se encuentra estrechamente vinculado al que ahora se resuelve".

"En el recurso ya resuelto se controvirtió la resolución del TEEV del RAP 07/03/ 2013 que confirmó la negativa del IEV de registrar a Juan Vergel Pacheco y Dulce María Romero Aquino como representantes propietarios y suplentes ante el IEV".

Por unanimidad, los magistrados Adín Antonio de León Gálvez, presidente ; Octavio Ramos Ramos y

Juan Manuel Sánchez Macías aprobaron confirmar la sentencia emitida por el TEEV.

El otro Recurso de Revisión Constitucional 33/2013, pretendía impugnar la resolución del 27 de marzo emitida por el TEEV, la cual confirmó la negativa de la presidenta del IEV (Carolina Viveros García) de registrar a sus representantes ante dicho Órgano electoral.

"El partido político actor pretende que el órgano jurisdiccional revoque dicha resolución y se reconozca la representación de la personas acreditadas por la Comisión Política Nacional. Dicha Comisión que tiene la facultad de remover los órganos de dirección en las entidades federativas y al haberlo hecho así en Veracruz tiene facultad de nombrar representantes ante autoridades electorales. Argumentan los actores que la negativa controvertida pasa por alto esa facultad, lo cual vulnera el principio de autoorganización de los partidos políticos", se señaló en el juicio.



Sin embargo, luego de un análisis, al haberse desestimando los planteamiento del PRD, los magistrados confirmaron la resolución impugnada y declararon inoperantes los agravios.