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Sección: Estado de Veracruz

Sale convocatoria del PRI Estatal para la elección de candidatos a diputados

- Aspirantes deberán estar al corriente de sus cuotas y no tener antecedentes penales

- También no haber sido dirigentes, candidatos ni militantes destacados de algún partido político, antagónico al PRI

- El registro, hasta el 6 de abril en una intensa jornada de 9:00 a 18:00 horas en la sede de Ruiz Cortines en Xalapa

Ylia Ortiz Lizardi Xalapa, Ver. 26/03/2013

alcalorpolitico.com


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La mañana de este martes el Comité Directivo Estatal del PRI emitió la convocatoria para la elección de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa en la que se enlistan los requisitos y los documentos a entregar por los aspirantes el próximo 6 de abril, en horario de 9:00 a 18:00 horas en la sede estatal del PRI, en esta capital.

Así , la solicitud de registro deberá ser entregada personalmente por los aspirantes, debidamente firmada y acompañada con la siguiente documentación:

a) Acta de Nacimiento en copia certificada expedida por la Oficialía del Registro Civil o copia fotostática, certificada por Notario público.

b) Copia del anverso y reverso, de la credencial para votar con fotografía, expedida por el Instituto Federal Electoral, certificada por Notario público.

c) Original de constancia reciente de inscripción al Padrón Electoral y a la Lista Nominal de Electores, expedida por el Registro Federal de Electores en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

d) Documento con el que se acredite la residencia en el distrito electoral local correspondiente o circunscripción estatal, de cuando menos 3 años anteriores al día de la elección constitucional.

e) Constancia de domicilio; expedida por la autoridad competente; f) Carta de no antecedentes penales expedida por la Dirección General de Prevención y Readaptación Social.

g) Documento que acredite la ocupación; h) Documento de solicitud de licencia, sin goce de sueldo, en el caso de los Servidores Públicos que se encuentren en los supuestos de las fracciones II, III y IV del artículo 23 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, con al menos 5 días antes del registro, que deberá ser aceptada por la autoridad u órgano correspondiente hasta el término del proceso interno.

i) Documento de solicitud de licencia y aceptación de la misma, en su caso, de quienes desempeñen cualquier puesto de dirigencia partidaria de nivel nacional, estatal o municipal, con al menos 5 días antes de su registro.

j) Documento expedido por la Secretaría de Organización del Comité Directivo Estatal, en el que se acredite una militancia mínima de tres años. En el caso de jóvenes de hasta 35 años de edad, el tiempo de militancia que debe acreditarse será de al menos 1 año.

k) Documentos o documento con los que se acredite la calidad de cuadro.

l) Constancia que acredite estar al corriente en el pago de sus cuotas partidistas, expedida por la Secretaría de Finanzas del Comité Directivo Estatal. Se entenderá estar al corriente haberlas cubierto en relación con el año calendario comprendido en el mes de marzo de 2012 al mes de marzo
del presente año.

El militante interesado en ser candidato a algún cargo de elección popular deberá acreditar su conocimiento de los Documentos Básicos del Partido mediante la expedición de la constancia que para estos efectos otorgue el Instituto de Capacitación y Desarrollo Político (ICADEP), AC, la cual se obtendrá cumpliendo con los requisitos que señale el propio ICADEP, AC.

n) Documento en el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad que:

1. Ha mostrado una conducta pública adecuada y no ha sido condenado por la comisión de un delito doloso del orden común y/o federal o en el desempeño de funciones públicas.

2. No ha sido dirigente, candidato, ni militante destacado de algún partido político o asociación política antagónicos al Partido Revolucionario Institucional, (en su caso presentar declaratoria favorable de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria).

3. Cumplir con las disposiciones del Código de Ética Partidaria tanto en el proceso interno, como en el proceso electoral local en curso y en su caso, en el desempeño de la candidatura a la que aspire y en ejercicio de la función pública que de aquella derive con base en el sufragio popular.

4. Ha mostrado lealtad pública con la Declaración de Principios y el Programa de Acción; así como la observancia estricta de los Estatutos y del Código de Ética Partidaria.

o) 5. Documento con el cual se manifiesta, bajo protesta de decir verdad que:

Satisface los requisitos exigidos por los ordenamientos electorales aplicables para los presentes comicios locales.

1. Es ciudadano mexicano y se encuentra en pleno goce de sus derechos políticos.

2. No se encuentra inhabilitado para el ejercicio del cargo público al que aspira ser candidato.

3. Saber leer y escribir. 4. No se encuentra en alguna de las incapacidades previstas en los artículos 37 inciso c), 38 y 116 fracción II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 13, 21 último párrafo, 23 fracciones II, III, IV y V de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 10 y 68 último párrafo del Código Electoral número 568 para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

p) Documento de compromiso para solventar las multas que en su caso, se generen por deficiencia en el cumplimiento de sus obligaciones de comprobación de gastos de precampaña ante los órganos electorales.

q) Documento que describa el programa de trabajo a realizar en caso de resultar electo como candidato a Diputado Local, que deberá ser congruente con la declaración de Principios y el Programa de Acción del Partido y ofrezca alternativas de soluciones viables a los problemas más sentidos de la población del distrito.

r) Documento que describa el programa de actividades proselitistas a desarrollar en caso de obtener registro como precandidato a Diputado Local, en el periodo establecido en la presente convocatoria para la precampaña.

s) Carta compromiso de aceptación de la candidatura, en caso de resultar electo en el proceso interno.

t) Documentos o documento en el que consten los apoyos a que se refiere la Base Quinta de esta Convocatoria y los Estatutos del Partido.

u) Señalar nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico de quien fungirá como representante financiero para el periodo de la precampaña, en caso de obtener registro como precandidato a Diputado Local.

v) 6 fotografías recientes, de estudio, tamaño credencial, de frente, a color y fondo blanco.

La Comisión Estatal, dentro de los tres días siguientes a la publicación de la Convocatoria, pondrá a disposición de los aspirantes los formatos a que se refieren los incisos n), o), p), s) y t) de la presente Base, así como el correspondiente a la solicitud de registro.

Asimismo para la elección de los candidatos a Diputados Locales propietarios por el principio de mayoría relativa, se utilizará el procedimiento de Convención de Delegados, previsto en la fracción II del artículo 181 de los Estatutos.

Mientras que en los distritos electorales uninominales correspondientes, se designará por parte de la Comisión Estatal, una Instancia Distrital de Apoyo, con los integrantes que resulten necesarios para el desarrollo del proceso interno, estableciendo su domicilio en los Comités Municipales de las cabeceras distritales electorales locales.

Asimismo, quienes resulten electos candidatos del partido en los diferentes distritos electorales locales, rendirán protesta estatutaria en la fecha y lugar que determine el CDE previo acuerdo con el Comité Ejecutivo Nacional del PRI.

Cabe señalar que los candidatos priístas postulados a diputados locales propietarios por el principio de mayoría relativa buscarán una curul en la integración de la LXIII Legislatura para el periodo 2013-2016.