Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Se interpreta como castigo la remoción de la jueza Sosa Jiménez, de Pacho

Se atribuye su “rotación” hacia Ozuluoma, a que dejó en libertad al extitular de la SSP

De la Corresponsalía Ozuluama, Ver. 21/01/2019

alcalorpolitico.com

Sin previo aviso y en total hermetismo la jueza de control Alma Aleida Sosa Jiménez dejó en días pasados el juzgado de Pacho Viejo para trasladarse hasta la zona norte del estado donde fue asignada al juzgado de proceso y procedimiento penal oral en el distrito de Ozuluama, donde varios abogados y ciudadanos calificaron el hecho como un manotazo en la mesa por parte del consejo de la judicatura. Y es que los entrevistados, quienes pidieron el anonimato, recordaron que fue precisamente Sosa Jiménez quien dejó en libertad en diciembre pasado al ex secretario de Seguridad Pública en la administración duartista, Arturo Bermúdez Zurita, quien está implicado en delitos como desaparición forzada, abuso de autoridad y enriquecimiento ilícito.

Según se informó la razón de este cambio obedece a evitar prácticas de corrupción mediante la rotación de los juzgadores, sin embargo algunos litigantes manifestaron su desacuerdo con esta medida:

“No es posible que a pesar de que la actuación de la jueza dejó mucho que desear en el caso de los ex duartistas ahora la envían a Ozuluama; en lugar de reubicarla lo correcto era destituirla porque la llegada de Sosa Jiménez traerá inestabilidad por todo lo que se ha dicho sobre ella; los veracruzanos deberíamos exigir su cese inmediato pues gracias a ella los ex funcionarios del gobierno de Javier Duarte inmiscuidos en diversos delitos ahora están libres”, sostuvo uno de ellos.



Como se sabe, Alma Aleida Sosa utilizó en su favor la Queja 128/2018, que fue resuelta por los Magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en materia penal de la Ciudad de México, mediante la cual se estableció que la desaparición forzada de personas no es un delito grave y no amerita prisión preventiva oficiosa.


En su momento, Sosa Jiménez manifestó que la resolución la obligaba a acatar ese criterio y que de no hacerlo podía derivar en una sanción penal o administrativa, con lo que sugirió la idea de que la liberación de Bermúdez se dio en cumplimiento de un amparo.



No obstante, la jueza no estaba obligada a hacerlo ya que la resolución que utilizó para favorecer al ex funcionario duartista correspondía a otro juicio, por lo que –según los abogados- violó flagrantemente el principio de relatividad del amparo; es decir, la famosa Fórmula Otero creada por el jalisciense Mariano Otero y Mestas.

Y es que de acuerdo con el párrafo II del artículo 107 de la Constitución Federal “las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de los quejosos que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda”.

Los litigantes señalaron que nunca quedó claro el por qué del cambio de criterio de Sosa Jiménez, pues fue quien inicialmente impuso la medida cautelar de prisión preventiva a Bermúdez Zurita y a otros exfuncionarios estatales, y de un día para otro cambió el sentido de su decisión, permitiendo con ello que quedaran en libertad:



“Los delitos que se le imputan son graves, pero parece que esto no lo tomó en cuenta la jueza; ahora vamos a estar muy pendientes de su desempeño pues no queremos que se vicie la impartición de justicia en Ozuluama; como abogados, estamos conscientes de que los cambios son necesarios, pero en este caso preocupa que a la jueza Sosa Jiménez no le finquen responsabilidad por liberar a los ex duartistas”, concluyeron.