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Sección: Estado de Veracruz

Simplifican operación de Fideicomiso de PC para desastres naturales

- Objetivo es dar atención oportuna a la población y mitigar afectaciones

- Titular emitió Reglas de Operación para regular acceso a los recursos

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 19/10/2021

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de coadyuvar en la atención oportuna de la población y la mitigación de los efectos de los fenómenos naturales perturbadores, el funcionamiento y el desarrollo del Fideicomiso de Protección Civil para la Atención de Desastres Naturales y otros Siniestros del Estado de Veracruz tendrán más simplificados para su normatividad y operación.

Guadalupe Osorno Maldonado, secretaria de Protección Civil, emitió las Reglas de Operación que tienen por objeto regular el acceso a los recursos del Fideicomiso, de acuerdo con los principios de oportunidad y transparencia de conformidad con los parámetros y procesos definidos que regulan cada uno de los procedimientos.

Se prevé que una vez emitida una Declaratoria de Emergencia y en caso de que la Secretaría de Protección Civil considere insuficientes los insumos autorizados por la Dirección General de Gestión de Riesgos de la Coordinación Nacional de Protección Civil (DGGR), se solicitará a la Secretaría Técnica convocar a Sesión Extraordinaria de Comité Técnico para someter a votación la asignación de recursos para la adquisición de insumos que se requieran de acuerdo con las necesidades, criterios de racionalidad, proporcionalidad que marca la normatividad aplicable para la adquisición de insumos.



Las Reglas señalan que los procesos de acceso, autorización y seguimiento de los recursos podrán realizarse con el apoyo de los medios, tecnologías y sistemas disponibles, en los términos de las disposiciones aplicables.

Los daños que se cubrirán con cargo al Fideicomiso por fenómenos naturales perturbadores que pueden causar emergencia y/o desastres naturales son los geológicos tales como alud, erupción volcánica, caída de ceniza volcánica, hundimiento, maremoto, movimiento de ladera, lahar, ola extrema, sismo, subsidencia y tsunami.

Así como fenómenos meteorológicos: granizada severa, huracán, inundación fluvial, inundación pluvial, lluvia severa, nevada severa, sequía severa, tormenta tropical, tornado, vientos fuertes, mar de fondo, marea de tormenta, onda de calor e incendio forestal.



También se podrán cubrir los daños derivados de cualquier otro fenómeno natural perturbador no previsto en las reglas o situación meteorológica excepcional o extraordinaria, con características similares a los fenómenos antes señalados, de acuerdo con el origen, periodicidad y severidad de los daños, siempre y cuando se cumpla con el procedimiento establecido en las Reglas de Operación.

Con cargo al patrimonio se financiarán las obras y acciones de reconstrucción de la infraestructura estatal aprobadas en el marco de los Lineamientos de Operación Específicos para atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores.

Financiar las adquisiciones de materiales, suministros, bienes e insumos, así como los servicios y arrendamientos de maquinaria especifica que se requieran en las etapas de prevención, emergencia y reconstrucción provocadas por la ocurrencia de fenómenos naturales perturbadores.



Se podrán utilizar el remanente del patrimonio del fideicomiso que le corresponda para financiar acciones de prevención y mitigación, el cual podrá ser aplicado para financiar la contraparte del Estado de Veracruz.

Y los honorarios fiduciarios serán a cargo de los productos financieros generados a partir de la inversión realizada por el fiduciario del capital del fideicomiso.

En los términos establecidos, la Secretaría de Protección Civil enviará a la Dirección General para la Gestión de Riesgo de la Coordinación Nacional de Protección Civil la solicitud de insumos para la atención de la población en los municipios declarados.