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Sección: Estado de Veracruz

Sin regulación, el Gobierno manipula la publicidad para castigar a medios críticos

- Asignan recursos para medios de comunicación que son afines y los retiran a aquellos que no lo son

- Se justifica el dinero público en los medios, pero la discrecionalidad es la que inhibe y censura

- Interesantes definiciones del abogado de Artículo 19 en entrevista con Aristegui

Claudia Montero Xalapa, Ver. 14/11/2017

alcalorpolitico.com

La pluralidad informativa en el país se encuentra en riesgo porque los gobiernos tienden a condicionar la asignación de recursos para medios de comunicación que son afines y se los retiran a aquellos que no lo son, expresó el coordinador del Programa Legal de la Organización Articulo 19, Leopoldo Maldonado.

Esta Organización independiente, de Derechos Humanos, protege y promueve el derecho a la libertad de expresión en todo el mundo; en el caso de México han observado y criticado el uso discrecional de la publicidad oficial para castigar a medios críticos.

Durante entrevista con la periodista Carmen Aristegui, el abogado de esta organización refirió que la ausencia de regulación en publicidad oficial genera una restricción indirecta a la libertad de expresión.



En algunos casos, dijo, se justifica plenamente que el Gobierno gaste para algún tipo de campaña, pero el tema de fondo es que el Gobierno debe ser claro, transparente y tener criterios de la utilización del dinero público para distribuir en los medios de comunicación y determinar bajo qué parámetros lo hace.

“El tema no es si debe haber dinero público en medios, sino los criterios y la transparencia y la justificación de las cantidades que se utilizan para ese propósito”, acotó el representante de Artículo 19.

Explicó que lo observado en este tema es un incremento descomunal y el uso de dinero público utilizado de manera discrecional para repartirlo en medios y con una afectación directa en la información y en la calidad de la vida noticiosa.



Esta situación no es muy retomada en algunos medios de comunicación por la misma razón, ya que la discrecionalidad es la que inhibe y censura, acotó.

La asignación positiva o negativa de dinero público en materia de comunicación social genera, si es positiva, que se hable bien del Gobierno y si es negativa, que hablen mal.

En México, de manera histórica se ha construido esa relación entre prensa y poder; aunque no en todos los medios ni con todos los periodistas, puntualizó el entrevistado.



“Pero desafortunadamente es generalizada esta construcción a partir de la cual el dinero público es utilizado para condicionar líneas editoriales”.

Este tipo de prácticas repercuten en la calidad democrática y en el ejercicio de otros derechos.

Si se analiza el contexto actual de México, con una profunda crisis en materia de derechos humanos, corrupción, impunidad y la crisis institucional de procuración de justicia, es evidente que en este contexto lo que se necesita es más información, pero ésta se encuentra condicionada.



El abogado dijo que la dependencia económica respecto a la publicidad oficial se debe dar en 40 o 50 por ciento en los medios de comunicación, pero se tienen casos documentados en estados y municipios, donde hay hasta un 90 por ciento de dependencia de algunos medios locales respecto de la publicidad oficial.

Esto es un reto en materia de modelo de negocios para los medios, quienes deben cambiar de ideología para buscar otras maneras de hacer llegar ese dinero a sus empresas.

Por lo pronto, comentó, la publicidad oficial es necesaria y debe tener ciertos fines de utilidad social, pero no es para promocionar instituciones, personas o sólo por cuestión política.



Como ejemplo mencionó que en la actualidad, en lo que va de la administración del Gobierno federal, se han gastado casi 37 mil millones de pesos en comunicación social y no se sabe a dónde van dirigidos esos recursos.

Es por ello que dichas asignaciones deben tener criterios objetivos y topes que regulen el uso discrecional para medios de comunicación, reiteró el coordinador del Programa Legal de la Organización Articulo 19.