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Sección: Estado de Veracruz

Tarde, pero Congreso de Veracruz aprueba reformas sobre paridad de género

- Iniciativa declarada constitucional desde ayer miércoles avala paridad en dependencias federales y estatales

- También en la elección de candidaturas, los ayuntamientos, partidos y organismos autónomos

José Topete Xalapa, Ver. 06/06/2019

alcalorpolitico.com


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Un día después de que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró Constitucional la reforma sobre paridad de género, la LXIV Legislatura veracruzana aprobó dicha Minuta por unanimidad.

Hay que recordar que la reforma aprueba la paridad en todos los nombramientos de las Secretarías de gobierno federal y sus homólogos en las 32 entidades de la República.

También en la elección de candidaturas a diputaciones y senadurías, los ayuntamientos, los partidos políticos y en la integración de los organismos públicos autónomos, buscando que en la Suprema Corte de Justicia también se ajusten los mecanismos para garantizar la paridad.



La Minuta con proyecto de Decreto reforma los artículos 2º, 4º, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Concretamente, reforma el artículo 41 de la Carta Magna, con la finalidad de establecer la obligatoriedad de la aplicación del principio de paridad en puestos específicos dentro del Poder Ejecutivo, y sus homólogos en las Entidades Federativas.

“También se plantea que el citado principio deberá observarse en la conformación de los organismos autónomos y obliga de manera amplia a los partidos políticos a formular la postulación de sus candidaturas garantizando el principio de paridad de género en los distintos cargos de elección popular”.



A la fecha el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está conformado por 11 integrantes, mujeres y hombres de manera indistinta, por lo que también se debe de garantizar el principio de paridad de género en la integración de los órganos jurisdiccionales.

“La reforma presentada en el párrafo anterior, si bien, no atiende de manera directa la aplicación del principio de paridad en la integración del Pleno del alto Tribunal mexicano, se considera pertinente aceptar la reforma en sus términos, toda vez que los procesos de selección de ministras y ministros conllevan una serie de procedimientos sui generis por tratarse de la integración del órgano garante de la justicia en México”.