Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

TEEV confirma elección de diputado de mayoría relativa del PAN en Huatusco

Revocan resolución dictada por el pleno de la Comisión Nacional de Elecciones en un recurso de reconsideración interpuesto por Teresita Zuccolotto

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 03/06/2013

alcalorpolitico.com

El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV) confirmó el resultado en la elección interna del Partido Acción Nacional (PAN) para la elección de candidato a la diputación por mayoría relativa en el distrito XIV de Huatusco; el candidato sigue siendo Marcos Mollinedo.

Luego de desahogar el JDC159/2013, interpuesto por Teresita Zuccolotto Feito, con el carácter de precandidata a diputada, iba en contra del fallo emitido por la Comisión Nacional de Elecciones del PAN, referente al RR-CNE-022/2013, los magistrados aprobaron el cómputo final de la elección de candidatos.

En el proyecto, según explicó el magistrado presidente Daniel Ruiz Morales, la actora argumenta que se instaló la mesa de votación en un lugar distinto al señalado previamente en el municipio de Comapa; “y esto aunque en principio es cierto, yo creo que aquí debemos privilegiar la votación obtenida en esa mesa receptora porque acude a votar el 89 por ciento de los votantes”, destacó.



Otro supuesto dice que se impidió el acceso a representantes a la mesa receptora de votación; sin embargo, estos representantes no estaban acreditados debidamente.

Asimismo, en el proyecto se explica que se impidió votar en esa casilla, lo que no se justificó plenamente.

Respecto al recuento, se planteó que si bien no fue muy precisa la Comisión Estatal de Elecciones al momento del recuento, porque sólo determina que no estaba a la vista el acta de escrutinio y computo, también lo es que una vez abierto el paquete para obtener la copia del acta que aparecía al interior se deriva que sólo aparece un acta y están consignadas las tres elecciones de diputados y ayuntamientos y sólo se precisan los resultados de la votación sin establecer otro dato, refirió el Magistrado.



Todo esto resultó luego de que los magistrados revocaran la resolución dictada por el pleno de la Comisión Nacional de Elecciones en el RR/CNE022/2013 interpuesto por Teresita Zuccolotto.

En el recurso, la actora reclamaba omisión en cuanto al aspecto relativo al control de constitucionalidad, es decir, que el Órgano partidista responsable, no se pronunció en ese sentido; aunque ella hacía el planteamiento en el sentido de que debía declararse la inconstitucionalidad del artículo 134 del reglamento de elecciones.

“Si bien a raíz de la reforma constitucional todas las autoridades estamos obligadas a actuar conforme al texto de la Constitución, también lo es que a quien corresponde hacer la declaratoria de inconstitucionalidad es a la Suprema Corte y no a las demás autoridades. Lo que podemos hacer es inaplicar una disposición que sea contraria a la Constitución, pero no hacer la declaratoria de inconstitucionalidad”, expresó Ruiz Morales.