Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Trabajadores del Poder Judicial harán “puente” por el Día del Empleado

Consejo de la Judicatura transfirió día inhábil del 21 para el 22 de octubre

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 02/10/2021

alcalorpolitico.com

Con motivo del Día del Empleado, el Consejo de la Judicatura aprobó suspender labores en todas las dependencias del Poder Judicial de Veracruz el viernes 22 de este mes de octubre.

El Día del Empleado se celebra cada 21 de octubre y es considerado como día inhábil pero este año, por caer en jueves, el Sindicato Estatal de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial solicitó transferirlo para el viernes 22.

En atención a la solicitud sindical, el Consejo de la Judicatura estimó conveniente cambiar la fecha de suspensión de labores, al tomar en cuenta la importancia en la continuidad de los días inhábiles que recaen en fin de semana, pues permite a los servidores públicos disfrutar de la convivencia familiar y por ende, estar en aptitud de brindar un rendimiento óptimo en su actividad laboral al retorno del ejercicio de su delicada función destinada a administrar justicia.



Con motivo de la suspensión de labores el 22 de octubre, para los asuntos en materia Civil y Oral Mercantil, las audiencias agendadas se llevarán a cabo con el personal indispensable para el despacho de los asuntos y en caso de las citas agendadas, se reprogramarán para el lunes 25 a la misma hora.

En materia penal para adolescentes; penal del sistema tradicional y Juzgados de Proceso y Procedimiento Penal Oral (Jueces de Control), enjuiciamiento y ejecutores de sentencia); la suspensión de labores se efectuará previéndose por cada titular de los respectivos Juzgados, la guardia correspondiente para la debida atención de los asuntos inaplazables, con el menor número de personal posible.

Por lo que no se suspenden las providencias precautorias, puesta a disposición de imputados ante el Órgano Jurisdiccional, resolver la legalidad de la detención, formulación de la imputación, resolver sobre la procedencia de las medidas cautelares en su caso, decidir sobre la procedencia de su vinculación a proceso, así como aquellas orientadas a cumplir con las ejecutorias y proveídos emanados de las autoridades federales en materia de amparo.



Pero se suspenden todos los términos dentro de los procesos penales, tanto en la etapa de control, así como de la etapa de juicio, con excepción de las diligencias listadas con antelación, para las cuales todos los días se computarán como hábiles y serán realizadas por los jueces que se encuentren en funciones, atendiendo al principio de inmediación.

Salvo los casos urgentes aludidos con antelación, los demás plazos que venzan en día inhábil se tendrán por prorrogados hasta el día hábil siguiente, a fin de no vulnerar los derechos de las partes; sin que lo anterior implique que se suspenda el ejercicio de la acción penal o la presentación de medios de impugnación.

En materia del trabajo, el Tribunal dispondrá sobre la guardia respectiva, que despachará los asuntos urgentes.



En materia familiar, en todos los Juzgados deberán establecerse guardias de servicio asignadas por el titular de cada órgano judicial, con el menor número de personal posible.

Las citas que se encuentren señaladas se reprogramarán para el día siguiente hábil a la misma hora.

Por lo que respecta a los Juzgados Segundo y Cuarto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cosamaloapan, éste último con residencia en Tierra Blanca, deberán designar personal para cubrir la guardia correspondiente, dado que en ese distrito no existen Juzgados especializados en materia familiar.