Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Tras desatención en penal de Pacho Viejo, recluso murió por presunto COVID-19

- Fermín “N” tuvo que tramitar amparo para ser atendido; falleció el 18 de junio en el CAE

- Acusó ante Juez que Director del penal ignoró su dificultad para respirar y otros síntomas

José Topete Xalapa, Ver. 03/07/2020

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
Un recluso del Centro de Reinserción Social (CERESO) Zona 1 en Pacho Viejo, Coatepec, quien reportó tener síntomas de COVID-19 y a quien inicialmente le negaron atención médica y el traslado a un hospital, falleció el pasado 18 de junio en Xalapa.

El caso quedó expuesto ante la justicia federal, ya que Fermín “N” tramitó un amparo ante el Juzgado Primero de Distrito en Veracruz contra actos del Director del penal y otras autoridades, acusando violación a sus garantías fundamentales, entre ellos su derecho a la salud.

En su reclamo, el 5 de junio de 2020, el interno acusó al Director de no proporcionarle la atención médica requerida y negarse a trasladarlo a un hospital por tener síntomas asociados al virus, entre estos, dificultades para respirar.



Por esta razón, el interno obtuvo la suspensión de plano, para recibir de inmediato el reconocimiento médico y las pruebas conducentes para confirmar o descartar si era positivo al COVID-19.

“La atención que se le proporcione será conforme a lo que los médicos que realicen el reconocimiento precisen en su dictamen, por lo cual quedarán bajo su estricta responsabilidad, las medidas que se decreten; máxime que en la demanda se sostiene que el quejoso tiene dificultad para respirar”, se decretó.

El Juez determinó que si el diagnóstico resultaba ser COVID-19, debían tomarse las medidas sanitarias y protocolos de prevención correspondientes, a fin de salvaguardar al centro peticionario de un eventual contagio.



Desde entonces, la autoridad federal advirtió que la violación a sus determinaciones podría ser equiparable a la comisión del delito de abuso de autoridad, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 263 de la Ley de Amparo.

Para el 9 de junio, el titular del Área de Servicios Médicos de Pacho Viejo y el Director informaron el cumplimiento dado a la suspensión de plano y haber realizado las gestiones necesarias, según un oficio de solicitud realizado a la Jefa de Jurisdicción Sanitaria número V.

Sin embargo, el 12 de junio, el director del CERESO justificó que no fue posible realizar a Fermín “N” la prueba de COVID-19, toda vez que el 7 de junio fue trasladado de manera urgente al Hospital Regional "Dr. Luis F. Nachón", al presentar posible insuficiencia respiratoria.



De acuerdo con el expediente del amparo, el interno fue trasladado posteriormente al Centro de Alta Especialidad (CAE) "Dr. Rafael Lucio", por lo que el Juez dio 6 horas para informar el estado de salud del recluso, ya que en caso contrario se les impondría una multa de 50 Unidades de Medida y Actualización.

“Multa mínima establecida para sancionar el incumplimiento a las determinaciones de este órgano de control constitucional, que podrá incrementarse según el actuar u omisiones de las autoridades requeridas”.

Para el 15 de junio, las autoridades seguían sin informar el estado de salud del interno y el director del CERESO justificó que pidió la información al director del CAE. El Juez dio un plazo de 24 horas para que rindiera el informe sobre el estado de salud del quejoso, así como de su tratamiento médico.



El 19 de junio, el juez nuevamente ordenó al Director informar el seguimiento que está realizando al tratamiento prescrito, añadiendo que ya habían sido recibidas las constancias requeridas inicialmente.

Posteriormente, se notificó en el oficio signado por el Director del Centro de Alta Especialidad en el que informó que el interno falleció el 18 de junio, lo que se corrobora con el resumen médico signado por el Jefe de Servicio de Medicina Interna del hospital.

El Juez requirió el Encargado del Registro Civil del Estado de Veracruz, para que, dentro del término de 3 días, informara si cuenta con información relativa al acta de defunción de Fermín “N” y de ser así, remita una copia certificada.



A partir de que se confirmó el fallecimiento del interino, la autoridad jurisdiccional requirió al Director del penal de Pacho Viejo para que, dentro del término de 3 días, proporcione copia certificada del expediente clínico del quejoso: “con las bitácoras de atención médica desde el comienzo de su enfermedad, hasta el ingreso al hospital”.

El Director de la prisión ya entregó la información solicitada en el proveído de 26 de junio pasado, de ahí que el juez tomó conocimiento de su contenido “para los efectos legales a que haya lugar”.