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Sección: Estado de Veracruz

Tribunal declara infundada queja del Gobierno estatal contra Juez; ordena reinstalar a 2 empleadas

Además de su reinstalación se dictaminó que a las trabajadoras del Congreso se les pague conforme a Derecho

Claudia Montero Xalapa, Ver. 09/01/2015

alcalorpolitico.com

El primer Tribunal Colegiado en materia de Trabajo del Séptimo Circuitodeterminó que es infundado el recurso de queja presentada por el Gobierno del Estado, a través de su representación legal, en contra del Juez segundo de Distrito en el Estado que lo vinculó al cumplimiento de la sentencia de amparo dictada el juicio 2285/2013 en el tema de las dos empleadas del Congreso del Estado que fueron separadas de su cargo sin justificación.



En la sesión celebrada este 8 de enero de 2015 se dictaminó que las empleadas sean reinstaladas en sus labores y se les pague conforme a Derecho, “en caso contrario y de no cumplir con lo ordenado, el titular del Poder Ejecutivo puede ser removido de su cargo y consignado a un Juez federal por el delito de incumplimiento de sentencias de amparo”.

Durante conferencia de prensa, el abogado Luis Alberto Viades Blanco, aseveró que con este dictamen se demuestra que el Gobierno del Estado no fue "automáticamente desvinculado" de la obligación de reinstalar y pagar a los trabajadores, como lo había señalado la Dirección de Servicios Jurídicos del Congreso del Estado.



"Queda claro que no importa si es el titular del Gobierno del Estado u otra persona, la ley debe cumplirse", expresó Luis Alberto Viades Blanco, de Viades & Llanes, Abogados, esto al hacer referencia al caso de las dos trabajadoras despedidas por el Congreso del Estado.



Y es que recordó que el Juez Segundo de Distrito en el Estado les concedió el amparo de la Justicia Federal ante la omisión del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de proveer a la inmediata ejecución el laudo que se dictó a su favor.

Ante esta situación, el Gobierno del Estado presentó un recurso de queja en contra del auto del Juez Segundo de Distrito en el Estado que lo vinculó al cumplimiento de la sentencia de amparo dictada en el juicio 2285/2013, por lo que hasta el momento no ha pagado, pero esto no implica que haya sido desvinculado de su obligación de pago a las trabajadoras.



En este recurso, dijo, el Gobierno estatal argumentó que no se le podía obligar a la reinstalación y pago de las trabajadoras, mientras que el Área Jurídica del Congreso del Estado argumentó que el Juez de Distrito no podía vincularle al cumplimiento de la sentencia de amparo.

Ante esta situación, los tres magistrados integrantes del Tribunal Federal referido determinaron que el Gobernador del Estado sí está obligado a reinstalar a las trabajadoras y pagar lo que se les adeuda, y que antes de vincular al Congreso del Estado al cumplimiento de la sentencia de amparo, debe agotarse el requerimiento al Gobernador del Estado.

Por tal motivo, el Juez Segundo de Distrito deberá requerir de nueva cuenta al Gobernador del Estado, con la misma advertencia que de no cumplir con lo ordenado, puede ser separado de su cargo y consignado a un Juez federal por el delito de incumplimiento de sentencias de amparo.