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Sección: Estado de Veracruz

Universidad Tecnológica del Sureste ofertará ingenierías, licenciaturas y posgrados

- Gobernador modifica Decreto para actualizarla en materia de legalidad y educación

- Ya no dará programas cortos sino de continuidad de grado superior

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 24/10/2020

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de elevar el nivel académico de la Universidad Tecnológica del Sureste de Veracruz y ponerla a la altura de las actualizaciones y reformas en materia de legalidad, de educación y de continuidad superior, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez modificó el Decreto que creó a esa institución educativa el 9 de diciembre de 2003 durante el Gobierno de Miguel Alemán Velasco.

A partir de hoy, la Universidad ya no ofertará programas cortos de educación superior, de dos años, con las características de intensidad, pertinencia, flexibilidad y calidad, sino programas de continuidad de estudios para sus egresados y para egresados del nivel Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado de otras Instituciones de Educación Superior, que permitan a los estudiantes alcanzar el nivel académico de ingeniería, licenciatura y posgrado.

Entre las nuevas atribuciones y funciones de la Universidad figuran las de otorgar títulos o grados de Técnico Superior Universitario, Ingenierías, Licenciaturas y Posgrados; así como certificados y diplomas, en términos de los planes y programas de estudio correspondientes.



Así como impartir educación del mismo ciclo a través de las modalidades escolarizada, no escolarizada y mixta; desarrollar, diseñar y producir programas de orientación educativa constantes y permanentes; y celebrar convenios educativos con otras organizaciones e instituciones estatales, nacionales o extranjeras, relacionados con su objeto.

Para ello, la Universidad tiene un plazo de 180 días naturales para hacer las modificaciones correspondientes a su Reglamento Interior, así como a sus manuales y demás disposiciones administrativas correspondientes.

Para la prestación de los servicios del personal académico se establece que, previa aprobación del examen de oposición, se regirán conforme a lo estipulado en el contrato o nombramiento y en el Reglamento del personal académico. En este último se fijarán sus derechos y obligaciones.



Además, la Universidad se integrará por el Rector, los directores de Área, los directores de Carrera, los subdirectores, las Jefaturas de Departamento y de Unidades Administrativas y los que determine el Reglamento Interno tendrán el carácter de personal de confianza.