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Sección: Estado de Veracruz

UV negó inscripción a joven; caso lo atrae la SCJN

- La Universidad promovió revisión de amparo previo a favor del solicitante

- Juez concedió el derecho al joven pero la máxima casa de estudios lo impugnó

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 02/10/2021

alcalorpolitico.com

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso de un joven con discapacidad agraviado tras la negativa de la Universidad Veracruzana (UV) de revalidar sus estudios en la Facultad de Derecho.

Con fecha 30 de septiembre de 2021, el más alto tribunal del país absorbió el amparo en revisión número 131/2021 promovido por la UV ante un Colegiado de Circuito para dejar sin efectos un amparo previo a favor del solicitante.

En dicho resolutivo, de número 120/2020, el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz le concede el derecho de llevar a juicio su intención de inscripción, acto hoy impugnado por la Universidad



El 30 de enero de 2020, el quejoso (de identidad reservada) solicitó baja voluntaria del tercer semestre de Derecho en una universidad particular tras sufrir “bullying” de dos docentes y del personal administrativo del plantel.

Por lo que, al iniciar el cuarto semestre pidió matricularse en la Universidad Veracruzana y ésta admitiera los créditos conseguidos por el estudiante en la escuela anterior.

“(El estudiante) ya no se encontraba en un ambiente sano, pues ya no podía continuar cursando sus estudios universitarios en dicha universidad, porque por los tratos recibidos se agudizó el trastorno de ansiedad generalizada que le fue diagnosticado desde octubre de 2019”, versa el expediente alojado en el Juzgado 2º.



El joven pidió la dispensa del 50 por ciento de lo cursado en la institución anterior y que se le permitiera continuar con sus estudios; la respuesta de la UV consistió en una negativa a la petición del solicitante.

El juez 2º Alejandro Quijano Álvarez admite que si bien la Universidad goza de autonomía propia y libre decisión, la institución en ningún momento tuvo contacto con éste de manera directa.

Por lo que la UV incurrió en la omisión de diagnosticarlo de manera personal y con ello, evaluarle la discapacidad que el joven manifestó.



Fue que el Juzgado 2º instruyó a la UV citar al quejoso para que inicie un procedimiento en forma de juicio, en el que dé al quejoso la oportunidad de expresar personalmente sus motivos particulares por los cuales solicitó la dispensa para que se le permita ingresar como alumno de la Facultad de Derecho.

Con fecha 6 de junio pasado, la UV recurrió al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito para presentar recurso de amparo en revisión contra la determinación del juzgado 2º y que atrajo la Suprema Corte.