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Sección: Estado de Veracruz

Amagan sindicatos con bloqueos por reforma laboral

- La Federación de Sindicatos de Servidores Públicos defenderán los derechos de trabajadores

- Congrega a organizaciones como el magisterio que encabeza Elba Esther Gordillo

El Universal M?xico, DF. 25/09/2012

alcalorpolitico.com

La Federación Democrática de Sindicatos de Servidores Públicos (FEDESSP), que congrega a sindicatos como el magisterio que encabeza Elba Esther Gordillo y los trabajadores de las Secretarías de Agricultura y Comunicaciones y Transportes, llamó a los legisladores a razonar su decisión sobre la reforma laboral que propone el Ejecutivo y el predictamen concluido ayer, pues de aprobarse afectaría las conquistas y derechos laborales.

Puso como ejemplo, entre otras cosas, lo relacionado a la subcontratación o (outsorcing), prueba y capacitación inicial, como nuevas figuras de contratación, entre otras y que persisten en el predictamen. Con ello, que no se precisa cómo se regularán los mínimos derechos de seguridad social, jubilación y antigüedad de los trabajadores, facultando al patrón decidir unilateralmente la terminación del contrato.

A través de un comunicado la FEDESSP, donde también están trabajadores de la Secretaría de Desarrollo Social, del Senado de la República, sostuvo que están firmes en su plan de realizar las acciones que sean necesarias para oponerse a la iniciativa preferente delareforma laboral, sin descartar paros, mítines, marchas y bloqueos en avenidas, como medida de defensa de los derechos de los empleados al servicio del Estado y de otros sectores.

El predictamen incluye temas tendientes a trastocar los derechos sociales que son extensivos a burócratas del país sujetos al régimen laboral del Apartado "B" del artículo 123 constitucional, en términos del artículo 11 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, pues se aplica de manera supletoria lo dispuesto en la norma general, expuso.

Señaló respecto a las nuevas figuras de contrato de trabajo, como temporada, prueba, capacitación inicial y por hora, que el predictamen elimina esta aplicación a los trabajadores técnicos, lo cual atomiza la jornada de trabajo y lejos de generar empleo pretende engañar repartiendo entre muchos empleados los pocos espacios, en consecuencia.

Además, continuó, despoja de seguridad social lo que trae graves efectos en la jubilación y en la antigüedad del trabajador, que no es posible computarse con estos mecanismos, atentando así contra la estabilidad en el empleo, al facultar al patrón a decidir unilateralmente la forma de contratación y la permanencia del trabajador, verbigracia los llamados contratos de capacitación y de prueba.

De acuerdo con el presidente colegiado de la FEDESSP, Bernardo Quezada Salas, "aun cuando estaríamos de acuerdo en cuanto a la necesidad de incluir estas figuras dentro de la Ley Federal del Trabajo para lograr adaptar la norma a la realidad laboral mundial, para lograr su aplicación es necesario establecer los mecanismos paralelos que garanticen el respeto absoluto de los derechos de los trabajadores tanto individuales como colectivos, destacando la seguridad social y la estabilidad en el empleo".

Bernardo Quezada, quien representa al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación al interior de la citada Federación, dijo sobre la subcontratación planteada en la iniciativa preferente, que "el predictamen mantienen el carácter proteccionista hacia el patrón al despojar a los trabajadores que han acreditado ser despedidos injustificadamente, del pago total de los salarios caídos, limitándolos arbitrariamente a un máximo de 12 meses, cuando el pago total de los mismos es consecuencia de un acto injusto e ilegal atribuible exclusivamente al patrón".

Añadió que respecto al pago de indemnizaciones, el predictamen tiene la misma propuesta que el Ejecutivo federal, pues éste tendría la facultad de emitir la tabla de enfermedades del trabajo y de valuación de incapacidades de ley.

Con esto se atribuye facultades exclusivas del Poder Legislativo, previa opinión de la comisión consultiva nacional de seguridad y salud en el trabajo, en la que solamente podrían participar las organizaciones sindicales que determine la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Además violenta el derecho de los trabajadores a ser debidamente representados y afectando sobre todo la garantía de irretroactividad de la Ley prevista en los artículos 14 y 16 constitucionales, al ser un derecho adquirido.