Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Precampañas para diputados y alcaldes, deben pagarse con financiamiento privado

- Aún así, los 9 partidos gastarán un máximo de casi $25 millones y deberán rendir cuentas al IEV

- Se publican aquí los topes que tendrán cada distrito y cada municipio; de los gastos de campañas aún no hay cálculo

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 18/12/2012

alcalorpolitico.com

Para el mes de enero del próximo año el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano deberá someter a votación el estudio de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos relativo al cálculo de los topes de gastos de precampaña que pueden erogar los partidos políticos y coaliciones, durante el proceso electoral ordinario 2012-2013.

De acuerdo al estudio, los 9 partidos políticos y sus precandidatos que participarán en el proceso electoral local para renovar el Congreso del Estado y los 212 Gobiernos Municipales, gastarán en 90 días 24 millones 955 mil 341.52 pesos, fijados como tope máximo de gastos de precampaña.

De los cuales, 10 millones 655 mil 628.12 pesos corresponden a las precampañas de precandidatos a diputados locales y 14 millones 299 mil 713.40 pesos para los precandidatos a presidentes municipales.

El financiamiento de las precampañas será preferentemente privado, sólo podrá ser público cuando los partidos reserven parte de sus prerrogativas ordinarias para financiar a sus precandidatos en los procesos internos, de conformidad con sus estatutos.

Los ciudadanos que realicen precampaña para ocupar un cargo de elección popular, cumplirán los lineamientos siguientes:

Respetar los estatutos, la convocatoria y los acuerdos del partido que se hayan emitido con motivo de la selección de candidatos; así como lo dispuesto en el Código Electoral; respetar el tope de gastos que se determine al interior de cada partido; rendir un informe por escrito al partido por el cual desean postularse, respecto del manejo y aplicación de los recursos; designar a su representante ante el órgano interno encargado del proceso; y los demás que establezca el Código.

Los precandidatos tendrán la obligación de rendir los informes de gastos de precampañas ante el partido político que los postula, que a su vez, los presentará ante la Unidad de Fiscalización de los Partidos Políticos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 73 del Código de la materia.

Asimismo, el Consejo General en el mes de enero del año correspondiente a la elección fijará el tope de gastos de precampaña por cada elección. La suma total del gasto de los precandidatos de un partido político no podrá ser superior al veinte por ciento del tope de gastos de la campaña inmediata anterior que se fije para cada elección.

El documento que será sometido a consideración del Consejo General del IEV establece que, de acuerdo al Código Electoral, los procesos internos de selección de candidatos de los partidos políticos podrán iniciar a partir del primer domingo del mes de febrero del año correspondiente a la elección y deberán concluir a más tardar el cuarto domingo del mes de abril.

Aunado a lo anterior, el partido político deberá informar al Consejo General, dentro de los cinco días inmediatos a la conclusión del registro de precandidatos:

La relación de registros de precandidatos aprobados por el partido así como el procedimiento de elección respectivo; candidaturas por las que compiten; inicio y conclusión de actividades de precampaña; tope de gastos que haya fijado el órgano directivo del partido; nombre de la persona autorizada por el precandidato para la recepción, administración y ejercicio de los recursos económicos de la precampaña; el domicilio de los precandidatos, para oír y recibir notificaciones.

Para fijar los topes de gastos de precampaña se tomaron en cuenta los topes de gastos de campaña determinados en la elección inmediata anterior, en este caso, son los contenidos en el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, por el que se determina el tope máximo de gastos de campaña para las elecciones por las que se renovará a los integrantes del poder legislativo y a los ediles de los 212 ayuntamientos del estado, en el proceso electoral 2009-2010, aprobado en sesión de fecha 18 de mayo de 2010.

Así como el valor unitario del voto en la elección de diputados y ediles del proceso electoral 2007; el padrón electoral proporcionado por el Registro Federal de Electores con corte al 28 de febrero de 2010; el índice de inflación actualizado al mes de abril por el Banco de México y, la duración de las campañas en el proceso electoral 2009-2010.

En el siguiente cuadro, podemos observar el cálculo del tope de gastos de precampaña de cada distrito, una vez aplicada la fórmula:

En el siguiente cuadro, podemos observar el cálculo del tope de gastos de precampaña de cada distrito, una vez aplicada la fórmula: