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Sección: Estado de Veracruz

Turnan diputados a comisiones la denuncia de juicio político contra Gobernador

- Los panistas acusan al titular del Ejecutivo de violaciones a la Constitución y omisiones en materia presupuestal

- Si la denuncia cumple con los requisitos, las comisiones formularán el dictamen previo y lo depositarán en la Secretaría General

Jos? Topete Xalapa, Ver. 17/03/2016

alcalorpolitico.com

Este jueves en la Cuarta Sesión Ordinaria de la Diputación Permanente se turnó a las comisiones de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales la denuncia de Juicio Político en contra del gobernador del Estado, Javier Duarte de Ochoa.

Cabe recordar que los legisladores albiazules presentaron el pasado 3 de marzo dicha denuncia acusando al mandatario de cometer actos y omisiones que han afectado los intereses públicos de los ciudadanos veracruzanos.

Los panistas señalan al titular del Ejecutivo de violaciones a la Constitución y omisiones al deber de cuidado en materia presupuestal, mala administración de recursos por más de 35 mil 400 millones de pesos, así como violaciones a la Constitución por el incremento de la deuda pública estatal.



Igualmente, violaciones a la Constitución federal y a la Constitución del Estado, por actos e intromisión en procesos electorales, actos u omisiones que han afectado el funcionamiento de entes públicos como la Universidad Veracruzana, el OPLE y el Poder Judicial del Estado, violaciones sistemáticas a los derechos humanos, asesinatos de periodistas y desapariciones forzadas en su gobierno.

De acuerdo al procedimiento, ambas comisiones cuentan con tres días hábiles para determinar si la solicitud del Grupo Legislativo del PAN cumple o no con los requisitos para turnarlo a la Comisión Instructora y que siga su curso, según el artículo 19 de la Ley de Juicio Políticos.

Dicho artículo establece que, recibida la denuncia, las Comisiones Permanentes Unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales determinarán si el denunciado es servidor público conforme al artículo 77 de la Constitución Política del Estado.



También si la denuncia contiene la descripción de hechos que justifiquen que la conducta atribuida afecta a los intereses públicos fundamentales y a su correcto despacho; y si los elementos de prueba agregados a la denuncia permiten presumir la existencia de la infracción y la probable responsabilidad del denunciado, y por lo tanto amerita incorporar el procedimiento.

No obstante, si la denuncia no satisface los requisitos precisados en las fracciones anteriores, se determinará el sobreseimiento, y se notificará personalmente al denunciante, a través de la Secretaría General.

En cambio, si la denuncia cumple con los requisitos, las Comisiones Permanentes Unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales formularán el dictamen previo y lo depositarán, junto con el expediente, en la Secretaría General.



El artículo 20 establece que la Secretaría General turnará el dictamen previo y el expediente a la Comisión Permanente Instructora, en un plazo de tres días de haberse recibido el dictamen previo y el expediente, continuando con el procedimiento

Cabe hacer mención que, en un proceso de juicio político, además del Congreso del Estado, también interviene el Poder Judicial, pues el pleno del Tribunal se constituye en jurado de sentencia y la Sala Constitucional con el carácter de Comisión de Enjuiciamiento.