A más de 30 días, no existen avances de la queja formulada por el partido Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) en contra de la candidata de la coalición “Veracruz Va” a la Alcaldía de Veracruz, Patricia Lobeira Rodríguez, ante un supuesto financiamiento “paralelo” de la administración de su cuñado Fernando Yunes Márquez a favor de su campaña.
Por lo anterior, MORENA formuló el recurso de apelación 160 ante la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SRX-TEPJF) para impugnar la omisión del Consejo General y la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) de dar trámite y resolver la queja en materia de fiscalización contra Lobeira de Yunes.
A detalle, MORENA denunció un supuesto financiamiento paralelo destinado a su favor durante el proceso electoral 2020-2021, derivado del uso de recursos financieros y humanos del Ayuntamiento de Veracruz, para la realización de actividades de campaña en el proceso electoral.
Patricia Lobeira es esposa de Miguel Ángel Yunes Márquez, hermano del presidente municipal de Veracruz, Fernando Yunes Márquez.
Lobeira Rodríguez reemplazó a Miguel Ángel Yunes Márquez en la candidatura a la presidencia municipal de Veracruz por la coalición “Veracruz Va”, de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, tres días después de que el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió la no elegibilidad de Yunes Márquez por no acreditar el requisito de domicilio en el municipio por el cual contendía.
Al analizar el asunto, el magistrado ponente Adín Antonio de León Gálvez advirtió que existe una omisión de la Unidad Técnica y del Consejo del INE respecto a emitir la resolución que en derecho corresponda, al no haber motivos que justifiquen válidamente su dilación.
En este caso, el 15 de octubre del año en curso, la Unidad Técnica de Fiscalización se declaró incompetente para sustanciar la queja presentada por el actor y ordenó dar vista al OPLE de Veracruz con dicho escrito.
“Lo cierto es que a la fecha en que se resuelve el medio de impugnación no se tiene certeza de cuál es el estado procesal que guarda el expediente”, dictaminó Adín de León.
La sentencia de la Sala Xalapa propone declarar sustancialmente fundados los planteamientos de MORENA y ordenar que se resuelva en el plazo que ahí se indica, esto es, que haya una resolución de parte del OPLE local.