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Sección: Estado de Veracruz

¡No hagan filas! Constancia fiscal puede tramitarse en línea

- Por Factura Electrónica 4.0, constancia es obligatoria

- Largas filas se han observado en SAT aunque puede obtenerse por Internet

- Existe sitio web y hasta app para tramitar el documento

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 16/05/2022

alcalorpolitico.com


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Contribuyentes y asalariados pueden tramitar y generar su constancia de situación fiscal sin necesidad de acudir en persona a las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Tal y como lo publicó alcalorpolitico.com, desde el viernes pasado aumentó la demanda de asesorías en el Módulo de Administración Desconcentrada de Recaudación (ADR) de Veracruz “1” con sede en Xalapa, para cumplir con dicha obligación.

Lo anterior, dado que a partir del 1 de julio de 2022 entrará en vigor la Factura Electrónica 4.0 y dicha actualización incluye tanto los comprobantes fiscales (facturas) como los recibos de nómina.



Es decir, la Constancia es obligatoria para toda persona con ingresos por honorarios o por sueldos o salarios, de acuerdo con la normatividad del SAT.

Para solicitarla, se ofrecen dos opciones en línea: una, para contribuyentes con contraseña y la otra, para quienes no cuentan con ésta.

Para los usuarios con contraseña, se debe ingresar a https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal y después seleccionar “ejecutar en línea”, registrar los datos de identificación fiscal (certificado más “llave” digital), y generar la Constancia.



Para los usuarios sin contraseña, el SAT ofrece descargar la app SATID para Android o iOS y una vez hecho esto, ingresar su RFC, un correo electrónico, un número celular, foto de la credencial para votar, grabar un video pronunciando la frase que la aplicación indique y asegurarse que el video sea claro y la frase se escuche correctamente.

Completado lo anterior, se firma de manera autógrafa la solicitud de envío de constancia y conservar la solicitud firmada con el número de folio asignado; una vez que el trámite sea revisado, las y los usuarios recibirán una respuesta en un máximo de cinco días hábiles posteriores a su solicitud.

En caso de dudas, el STA igual puso a disposición un tutorial en la siguiente dirección: https://www.youtube.com/watch?v=yFaMqGsET58.