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Sección: Estado de Veracruz

Actualiza la Secretaría de Marina su Catálogo de Faltas

Objetivo es fortalecer la disciplina naval

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 24/11/2020

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de fortalecer la disciplina naval y por ende contar con elementos conscientes para afrontar de manera positiva los retos que día a día deben desafiar, la Secretaría de Marina actualizó su “Catálogo de Faltas de la Armada de México”.

Las faltas se clasifican como graves y leves y serán sancionadas con correctivos disciplinarios, amonestaciones y arrestos de 24 horas hasta 15 días, de acuerdo con la jerarquía del infractor.

Entre las faltas graves que se han actualizado en el Catálogo y que serán sancionadas por los organismos disciplinarios de la institución, figuran las de realizar o permitir que se realicen actos de carácter sexual o se practique la prostitución dentro de la unidad o establecimiento naval y divulgar, compartir, distribuir o publicar, por cualquier medio, imágenes, audios o videos, propios o de personal naval, desnudo parcial o totalmente, de contenido íntimo, erótico o de carácter sexual, ya sea impreso, grabado o digital sin el consentimiento de la(s) persona(s) que aparezca(n) en dicho material.



Hacer públicos en redes sociales: fotografías personales portando uniforme, armamento, instalaciones estratégicas, establecimientos o unidades navales; proyectos de innovación por investigación, ciencia, de tecnología de la Secretaría de Marina-Armada de México, así como la documentación oficial que por su carácter de clasificación se deba mantener en confidencialidad.

También es una falta grave interpretar erróneamente las instrucciones contenidas en órdenes de operaciones, procedimientos sistemáticos de operación, manuales de operaciones o pliegos de consignas y que por esta causa se afecte el servicio o la operación que se está desarrollando.

Así como la de proporcionar o transmitir, sin autorización, a cualquier persona, información de operaciones navales o que su nivel de protección no permita su divulgación; presionar a un elemento de cualquier sexo para conseguir determinados favores o concesiones y usar drogas y psicotrópicos sin prescripción médica.



Y entre las faltas leves se señalan asistir uniformado a templos o lugares donde se practiquen ceremonias religiosas de cualquier índole, sin autorización; relajar la disciplina; permitir familiaridades entre el personal de diferentes jerarquías y descuidar la instrucción que se debe impartir a los subordinados.

También es falta leve sentarse en el suelo, banquetas o lugares inapropiados que desprestigien la buena imagen y compostura como militar portando uniforme, fuera de los casos de maniobras o ejercicios navales.

Las sanciones que se aplicarán serán las siguientes:



A los Almirantes, arresto de hasta por 24 horas; a los Capitanes, hasta por 48 horas; a los Oficiales, hasta por 96 horas; y a la clases y marinería hasta por 8 días. El Alto Mando tiene facultad para imponer y graduar arrestos excepcionalmente hasta por ocho días y los organismos disciplinarios hasta por quince días, con o sin perjuicio del servicio.