Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Actualización catastral permitirá a Alcaldía de Xalapa cobrar hasta 5 años de predial omitido

Se podrán detectar predios y construcciones que no han sido registrados ante la autoridad municipal

Claudia Montero Xalapa, Ver. 22/07/2026

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
La actualización masiva del padrón catastral que realiza el Ayuntamiento de Xalapa permitirá detectar predios y construcciones que no han sido registrados ante la autoridad municipal, lo que abre la posibilidad de exigir el pago del impuesto predial correspondiente hasta por cinco años retroactivos, además de recargos por mora y demás accesorios fiscales previstos en la legislación municipal.

De acuerdo con el Código Hacendario para el Municipio de Xalapa, cuando un inmueble no forme parte del padrón catastral por causas atribuibles al propietario, la Tesorería Municipal podrá realizar una liquidación presuntiva para determinar el monto del impuesto que dejó de pagarse y requerir su cobro hasta por los cinco ejercicios fiscales anteriores a la fecha en que se detecte la omisión. La disposición también aplica para construcciones, ampliaciones o modificaciones que nunca fueron declaradas por los contribuyentes.

En estos casos, la autoridad fiscal determinará el periodo por el que deberá cubrirse el impuesto y calculará las diferencias generadas por la actualización del valor catastral. Para ello tomará como base el valor vigente del inmueble y descontará, en su caso, los pagos que previamente haya realizado el propietario antes de la revaluación.



A la obligación principal se suman los accesorios fiscales contemplados en la legislación municipal. El Código establece que forman parte de éstos los recargos, multas, gastos de ejecución e incluso la indemnización por devolución de cheques, cuando estén vinculados directamente con el crédito fiscal.

Asimismo, la normativa señala que cuando el impuesto no sea cubierto en la fecha establecida, se generarán recargos por mora como una indemnización al fisco municipal por el pago extemporáneo. Dichos recargos se calculan por cada mes o fracción que transcurra desde el vencimiento de la obligación hasta su liquidación y pueden acumularse hasta por cinco años, siempre que la autoridad conserve sus facultades legales de cobro.

El Código Hacendario también establece que el impuesto predial se paga anualmente, aunque su pago ordinario debe efectuarse de manera semestral durante los meses de enero y julio. No obstante, los propietarios que decidan liquidarlo en una sola exhibición durante enero reciben un descuento del 20 por ciento, beneficio que también aplica para quienes pagan la cuota mínima.



La actualización del padrón forma parte del Programa Permanente de Actualización Catastral, mediante el cual el Ayuntamiento realiza incorporaciones de nuevos inmuebles y revaluaciones masivas para mantener actualizada la información territorial y fortalecer la recaudación municipal. Este programa ha sido aprobado de manera consecutiva por el Cabildo desde 2022, con acuerdos emitidos en 2022, 2023, 2024, 2025 y nuevamente en 2026, lo que refleja la continuidad de esta estrategia administrativa.

Paralelamente, el municipio mantiene vigente un convenio de colaboración administrativa con el Gobierno del Estado de Veracruz para facilitar el cobro del impuesto predial mediante la Oficina Virtual de Hacienda (OVH), ofreciendo a los contribuyentes una alternativa adicional para realizar sus pagos sin acudir de manera presencial a las cajas de la Tesorería. El convenio fue renovado durante la actual administración municipal.

Con estas disposiciones, la autoridad municipal busca mantener actualizado el padrón catastral, ampliar la base de contribuyentes y recuperar adeudos derivados de predios o construcciones que permanecieron fuera del registro oficial durante varios años, una medida que también impacta en la planeación urbana y en la recaudación de recursos propios del Ayuntamiento.