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Sección: Estado de Veracruz

Acusan que Alcaldía de Minatitlán busca favorecer a dos candidatos a agente municipal

- Para una de los cinco aspirantes es sospechoso que votación será en día laboral

- Estima que esto impediría acudir al 30% de los electores de la comunidad Mapachapa

- En respuesta, Junta Electoral anunció que sólo ampliará horario de la jornada

Elizabeth Aviña Minatitlán, Ver. 24/03/2022

alcalorpolitico.com

El Gobierno de Minatitlán pretende favorecer a dos de los cinco aspirantes al cargo de agente municipal en la congregación de Mapachapa, denunció la candidata María Raquel López Martínez.

Señaló que el Cabildo aprobó una convocatoria que establece el día 28 de marzo para la votación, pese a que se trata de un día hábil, lo cual -estiman- impediría que vote escasamente el 30 por ciento de los electores.

“El día es el día 28 de marzo del año en curso en un horario de 10 horas a 13 horas, lo que se nos hace absurdo debido a que es día laboral y la mayoría de los ciudadanos de nuestra comunidad trabajan, entonces se coarta su derecho a emitir un voto libre y secreto”, explicó.



A consecuencia de lo anterior, López Martínez reveló que tres de los cinco aspirantes al cargo de agente municipal en la congregación de Mapachapa solicitaron a la alcaldesa Carmen Medel Palma y a los integrantes de la Junta Municipal Electoral que fijen nueva fecha así como horario para la elección en esa comunidad.

Por medio de un escrito presentado el pasado martes, los ciudadanos advirtieron que el lunes 28 es un día laborable “en el que la mayoría de los habitantes de la congregación de Mapachapa no contarán con la disponibilidad para acudir a ejercer su voto libre y secreto, lo que indefectiblemente atenta y coarta su derecho a ejercerlo conforme a lo estipulado en el numeral 3 del Código Electoral para el Estado”.

En el documento firmado por María Raquel López Martínez, Marcelino Marun López y Juan Carlos Martínez Guzmán, se propone como fecha para llevar a cabo la elección el día domingo 27 de marzo o el domingo 3 de abril en un horario de 10 de la mañana a cuatro de la tarde, ya que la convocatoria señala desde las 10:00 horas una de la tarde, pese a que por “el número de electores de la sección 2491 y 2492 se hace necesaria la amplitud de dicho horario”.



Asimismo, solicitaron que se aclare y precise mediante fe de erratas o documento en alcance en la convocatoria las reglas de votación con respecto a los electores de la sección 2491 y 2492, “toda vez que dicho seccional se encuentra conformado tanto por habitantes de la colonia San Antonio, 8 de Mayo, Agrícola, Las Flores, Universitaria, San Judas Tadeo así como por habitantes de la congregación de Mapachapa, por lo que ante la posibilidad de que voten habitantes de aquellas colonias que pueda ser aprovechado por algún aspirante malintencionado ante la evidente laguna que presenta esa omisión”.

“Vemos una elección a modo, más que dirigida. Recientemente tuvimos una elección en Mapachapa que desconocíamos, fue algo repentino para elegir a un consejero municipal y justamente vemos que la cantidad de personas que salen a votar son las personas que salen en el padrón de las personas que reciben el apoyo de Bienestar. Si permitimos que la elección se lleve a cabo el 28 de marzo como dice la convocatoria, entonces estaríamos en una desventaja absoluta porque la mayoría de los ciudadanos tienen que ir a trabajar y las personas de la tercera edad se quedan en casa, entonces no queremos que esto se desvirtúe y hacemos el llamado a la Alcaldesa y a la Junta Municipal Electoral para que reconsidere la fecha de la elección”, agregó la aspirante.

Asimismo, reprochó el rezago en el que se encuentra Mapachapa y la posibilidad de impedir que más de 2 mil personas puedan votar en la elección de agente municipal.



En respuesta, la Junta Municipal Electoral de Minatitlán informó que el horario de la votación será ampliado pero no se cambiará la fecha y aclaró que los únicos que podrán votar para elegir al agente municipal de la congregación de Mapachapa serán los ciudadanos que presenten su credencial vigente y con domicilio en esa comunidad, sin contar las colonias avecindadas.