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Sección: Estado de Veracruz

Adecuarán leyes para emitir la cédula profesional “electrónica” en Veracruz

- Gobernador envió iniciativa al Congreso para homologar legislación local con la federal

- Señala beneficios, como poder tramitar el documento desde cualquier computadora con Internet

José Topete Xalapa, Ver. 18/09/2019

alcalorpolitico.com


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El gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, envió al Congreso del Estado una iniciativa para homologar en Veracruz la cédula profesional electrónica.

“La aprobación de esta Iniciativa conllevaría beneficios, siendo la tramitación en línea del título electrónico y la cédula profesional electrónica, sin tener que trasladarse al lugar de procedencia, ya que desde una computadora con servicio de internet podrán hacer el trámite las 24 horas del día y los 365 días del año”, señaló.

Para lo anterior, propuso una iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Derechos para el Estado y la Ley del Ejercicio profesional para el Estado.



El titular del Ejecutivo destacó que el nuevo formato digital cuenta con códigos de seguridad infalsificables y con un código QR, que es más seguro y es válido en cualquier parte de la República Mexicana.

“Por lo que resulta necesario adecuar la legislación local con la legislación federal, a fin de que mediante métodos digitales las instituciones emitan títulos profesionales y grados académicos de manera electrónica”.

García Jiménez refirió que mediante el oficio número SEP/OS/0277/2018, de fecha 8 de mayo de 2018, la Secretaría de Educación Pública informó al Gobierno del Estado que desde el 16 de abril de 2018 la Dirección General de Profesiones comenzó a emitir la cédula profesional electrónica.



Desde entonces, la dependencia federal instó al Gobierno del Estado a analizar la posibilidad de homologar la normatividad local a efectos de que los registros de títulos profesionales o grados académicos se emitan de forma electrónica, de acuerdo al artículo 11 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, relativo al Ejercicio de las Profesiones en la Ciudad de México.