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Sección: Estado de Veracruz

Al permitir matrimonio gay, Juez exhibe las discriminatorias leyes de Veracruz

- Juez federal advirtió la inconstitucionalidad del Código Civil del Estado

- No obstante, deja exentos a Gobernador y Congreso de tener que anular dicha ley

Jair García Xalapa, Ver. 02/06/2021

alcalorpolitico.com


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La Dirección del Registro Civil del Estado, como todas las oficinas municipales de Registro Civil, deben dejar de hacer caso a los artículos 75 y 77 del Código Civil, a fin de permitir y oficializar los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Tal situación la determinó el titular del Juzgado Décimo Octavo, José Ezequiel Santos Álvarez, al resolver el juicio de amparo 73/2020, donde determinó brindar la protección de la justicia federal a dos mujeres para que les permitieran contraer matrimonio.

Asimismo, el Juez Federal consideró que los citados artículos son negativos y discriminatorios contras las parejas homosexuales, al considerar que no son merecedoras de acceso al matrimonio.



Además, precisó que tal marco legal vigente viola el principio de igualdad y no discriminación, así como su derecho a la dignidad humana que debe gozar toda persona.

Aunque el Juez Federal estableció la inconstitucionalidad del Código Civil de Veracruz, precisó que no es necesario establecer que el cumplimiento de la presente resolución implique que el Congreso y el Gobernador de Veracruz deban pronunciarse sobre la anulación de las normas combatidas; por tanto, quedan exentos de cumplimiento alguno de este fallo.