Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Alcalde electo de Alto Lucero no cumple residencia de 3 años, acusan

En 2018, Luis Vicente Aguilar fue postulado a regidor en Emiliano Zapata, en donde entonces vivía, exhiben ante Tribunal

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 08/12/2021

alcalorpolitico.com

El alcalde electo de Alto Lucero, Luis Vicente Aguilar Castillo, transgredería el artículo 69, fracción 1 de la Constitución Política del estado de Veracruz, pues no contaría con residencia efectiva de tres años en ese municipio, requisito que se exige a los candidatos que no sean originarios del territorio por el que pretenden contender.

En la impugnación presentada ante la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por Octavio Viveros Mora, se sostiene que el exabanderado de la coalición oficialista, en 2017 y luego en 2018, con la anulación de los primeros comicios, fue postulado nuevamente al cargo de regidor en el Ayuntamiento de Emiliano Zapata, por lo que para entonces vivía en dicha demarcación.

De allí que afirme que con este deseo que contender por un cargo edilicio en otra Alcaldía, hace apenas tres años, Aguilar Castillo interrumpiría su “vínculo” con el municipio de Alto Lucero, al que gobernaría desde el 1° de enero de 2022 y por los siguientes cuatro años.



“El ahora presidente municipal electo sostenía en el año 2018 el vínculo con un diverso municipio por el cual fue electo. Lo que sin duda acarrea el rompimiento con la residencia efectiva en el municipio de Alto Lucero”, refiere el escrito presentado ante la instancia jurisdiccional federal ayer 7 de diciembre.

En este también se acusa al regidor segundo electo, Jorge Jesús Rivera Castillo, de presuntamente incumplir lo estipulado en el numeral 69, fracción 1 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, ya que conforme a su Clave Única de Registro de Población (CURP), es originario de Xalapa.

“De tal suerte que Jorge Jesús Rivera Castillo y Luis Vicente Aguilar Castillo también adolecen del cumplimiento y por lo tanto infringe el artículo 69 de la Constitución Política Local y 20 de la Ley Orgánica del Municipio Libre relativa a la residencia efectiva en el municipio por el cual fue postulado como edil”, señala.



Adicionalmente, acusa al actual titular de la Secretaría del Ayuntamiento de Alto Lucero de supuestamente emitir las constancias de domicilio, en favor de los impugnados (postulados por MORENA-PT-PVEM y Fuerza por México, respectivamente), sin contar con sustento material ni legal.