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Sección: Estado de Veracruz

Alista Congreso iniciativa sobre trámites más sencillos para infraestructura educativa

Diputación Permanente sesionará este viernes para convocar a una sesión extraordinaria

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 23/07/2026

alcalorpolitico.com

Este viernes sesionará la Diputación Permanente del Congreso del Estado para, entre otros puntos, convocar a una sesión extraordinaria y someter a votación el dictamen que contiene las reformas necesarias que garanticen trámites más sencillos para incentivar la inversión en infraestructura educativa.

También se someterá a votación el dictamen que reforma el Código Penal de Veracruz para incluir en los delitos cometidos por actos de maltrato o crueldad en contra de animales, la agravante de envenenamiento. El dictamen que garantiza la inversión en infraestructura educativa contempla una adición a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas, y un tercer párrafo al artículo 19 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas, propuesta por la gobernadora Rocío Nahle García.

Dicho dictamen ya fue aprobado por la Comisión Permanente de Vigilancia, en el cual se reconoce que los trámites burocráticos dificultan el acceso a recursos federales para la construcción de infraestructura. En la actualidad, si un ente gubernamental o una institución del Estado toma la iniciativa de aportar recursos económicos públicos para garantizar la infraestructura educativa necesaria e indispensable para brindar un espacio digno en planteles que, por diversos motivos, no cuentan con escritura, derivado de los trámites burocráticos existentes, pueden incurrir en consecuencias penales como peculado, uso ilícito de atribuciones o faltas administrativas graves.

Con la adición del artículo 35 Bis a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas se asienta: “Tratándose de proyectos de inversión en infraestructura educativa que tengan como propósito la construcción, mantenimiento o equipamiento de planteles educativos públicos, el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) fiscalizará el manejo, custodia y aplicación de los fondos y recursos públicos estatales o municipales destinados a ello, para lo cual verificará que se hayan aplicado en inmuebles cuya propiedad esté debidamente acreditada a favor del Ente Fiscalizable correspondiente”.

Añade que, “en caso de que la propiedad se encuentre en trámite de ser regularizada y adquirida por el Ente Fiscalizable, o bien que no pertenezca a la Federación, el Estado o los Municipios, el Órgano verificará que se cuente con la constancia de la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV) con la cual acredite la operación regular del plantel educativo, el reconocimiento de validez de su funcionamiento y la matrícula mínima de alumnos del ciclo escolar correspondiente”.

También se adiciona un tercer párrafo al artículo 19 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado para que, “tratándose de obras públicas y servicios relacionados con ellas que realicen los Entes Públicos en materia de infraestructura educativa cuyo propósito sea la construcción, mantenimiento o equipamiento de planteles educativos, y la propiedad, los derechos de propiedad o los otorgados por quien pueda disponer legalmente de los mismos se encuentren en proceso de regularización, podrá acreditarse por parte de los Entes Públicos que se cuenta con la constancia de la SEV en la que se acredite la operación regular del plantel educativo, el reconocimiento de validez de su funcionamiento y la matrícula mínima de alumnos del ciclo escolar correspondiente del centro donde se ejecuten las obras”.

Reforma al Código Penal de Veracruz

Mientras que en el dictamen que adiciona el artículo 264 Quinquies al Código Penal de Veracruz, se menciona que ante la creciente escalada de violencia y actos de crueldad animal como el envenenamiento intencional, es menester considerar que las sanciones por estos delitos deben incrementarse y establecer agravantes a quienes de manera intencional envenenen animales domésticos.

Por ello, se deja establecido que habrá sanciones cuando en los delitos por actos de maltrato o crueldad en contra de animales, el sujeto activo los capte en imágenes, fotografías o videograbaciones para hacerlos públicos por cualquier medio, si los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad o si se emplean sustancias que provoquen el envenenamiento del animal.