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Sección: Estado de Veracruz

Aprobó el Congreso que no asista el Gobernador a glosar su Informe de gobierno

- Lo presentará por escrito el 15 de este mes y si hay dudas le preguntarán por escrito y las responderá igual

- Quienes sí comparecerán serán los secretarios de despacho o cargos equivalentes

- La modificación deberá ser validada por 107 ayuntamientos, antes del 15

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 05/11/2011

alcalorpolitico.com


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El pleno del Congreso del Estado aprobó hoy en segunda etapa, la reforma a la fracción XXI del artículo 49 de la Constitución Política de Veracruz, con la cual se modifica el procedimiento en la entrega del informe de Gobierno.

Al iniciar hoy sábado el primer periodo de sesiones ordinarias del Congreso del Estado (correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional), se aprobó con 48 votos la referida reforma y, con ello ya no será obligación del titular del Poder Ejecutivo acudir al Palacio Legislativo para comparecer al término de la glosa del informe.

Por tratarse de una reforma constitucional es necesario aprobarla en dos periodos ordinarios de sesiones; la primera aprobación fue el 17 de mayo de este año.

Ahora será turnada a los ayuntamientos para que al menos 107 Cabildos la aprueben y con ello tenga plena vigencia.

La reforma aprobada establece entre las obligaciones del gobernador:

“Presentar ante el Congreso del Estado, el 15 de noviembre de cada año, un informe escrito acerca del estado que guarda la administración pública. El Congreso realizará el análisis del Informe y podrá solicitar al Gobernador del Estado ampliar la información mediante preguntas por escrito, y citar a los Secretarios de Despacho o equivalentes, quienes comparecerán y rendirán informes bajo protesta de decir verdad”.

Por ello, ahora el Ejecutivo podrá presentar por escrito su informe de labores y, posteriormente, aclarar cualquier duda de diputados a través de preguntas “por escrito”, las cuales serán respondidas de la misma forma.

Cabe mencionar que la anterior Legislatura, la Sexagésima Primera, había reformado la misma fracción del mismo artículo, con la finalidad de permitir al Ejecutivo estatal pronunciar, al momento de la entrega del Informe de Gobierno, un mensaje alusivo.

Y además, comparecer ante el Congreso al término de la glosa que hacen los secretarios de despacho para ampliar información sobre el estado que guarda la administración pública estatal.