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Sección: Estado de Veracruz

Aprueba Congreso de Veracruz reforma al Artículo 5 de la Constitución

La propuesta de la Gobernadora es armonizar la ley estatal con lo aprobado a nivel federal en pro de pueblos indígenas y afromexicanos

José Topete Xalapa, Ver. 10/06/2025

alcalorpolitico.com

Con 45 votos a favor, el Congreso de Veracruz aprobó la reforma al artículo 5 de la Constitución local para armonizarlo con el artículo 2º de la Constitución federal, en materia de derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

La propuesta fue presentada por la gobernadora, Norma Rocío Nahle García, quien argumentó que el actual artículo 5 “resulta evidentemente obsoleto” y que la reforma “desborda notablemente lo señalado actualmente en la Constitución Política Local”.

De acuerdo con las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Asuntos Indígenas y de las Comunidades Afrodescendientes, la reforma reconoce “a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio”.



“Es un derecho que tienen los pueblos indígenas para determinar libremente su condición política y perseguir su desarrollo económico, social y cultural”, señalaron las comisiones al citar los principios de libre determinación y autonomía incluidos en el dictamen.

La iniciativa incluye la obligación del Estado para garantizar la administración directa de presupuestos por parte de las comunidades, “la existencia de sistemas normativos propios” y “el acceso pleno a la jurisdicción del Estado”.

También se reconoce que podrán “elegir a sus autoridades o representantes” y “crear sus propias normas para resolver conflictos internos”, respetando la Constitución, las leyes y los derechos de las mujeres.



La reforma considera la protección del patrimonio cultural, la propiedad intelectual colectiva y los saberes tradicionales. “Podrán protegerlos, preservarlos y desarrollarlos”.

En materia de participación política, se establece que en municipios con población indígena “podrán elegirse representantes en los ayuntamientos, de acuerdo con los principios de paridad de género y pluriculturalidad”.

Sobre el derecho a la consulta, se determinó que toda medida legislativa o administrativa que pueda afectar a las comunidades deberá ser consultada “de manera libre, previa e informada”, como lo exige el artículo 2° constitucional.



Durante el proceso, se realizaron seis foros regionales donde participaron tres mil ciento setenta y tres personas, de las cuales dos mil ciento tres fueron autoridades comunitarias. Las sedes fueron Benito Juárez, Tantoyuca, Papantla, Tequila, Playa Vicente y Huazuntlán, de municipio de Mecayapan.

En la etapa consultiva, celebrada el 28 de abril, se recibieron mil setecientas treinta y cuatro deliberaciones. De ellas, mil seiscientas noventa y cinco respaldaron la iniciativa, una se manifestó en contra y treinta y ocho no se pronunciaron sobre la materia de la consulta.

“Se diseñó un procedimiento general a través de foros de acuerdos previos e informativos, a celebrarse en seis sedes regionales”, indicó el dictamen. En estos foros también participaron el INPI, la CEDH, AVELI, IVAIS, la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Cultura.



El proceso de consulta fue realizado con base en los estándares del Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. “La consulta debe ser previa, culturalmente adecuada, informada y de buena fe”, señalaron las comisiones.

Durante el proceso, se incluyó la participación de intérpretes y traductores en lenguas indígenas. “Se garantizó el derecho de acceso a la información de las comunidades”, se detalló.

En total, se consultaron dos mil cuatrocientas ochenta y seis comunidades indígenas y noventa y ocho afromexicanas, distribuidas en 119 municipios.



El Decreto federal reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones del artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, estableciendo "las bases constitucionales que reconocen a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio".

Además, "determina obligaciones de las autoridades de los tres órdenes de gobierno para fomentar la agroecología y los cultivos tradicionales; proteger la propiedad intelectual colectiva y las expresiones culturales tradicionales; fortalecer la educación indígena intercultural y plurilingüe".

La propuesta de la Gobernadora optó por una técnica legislativa de "máxima fidelidad para la armonización requerida". La reforma local propuesta reconoce a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas "como sujetos de derecho público, lo cual implica que tendrán libre determinación y autonomía".



Antes de emitir el dictamen, las comisiones legislativas acordaron someter la iniciativa a un proceso de consulta a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Esto se hizo en cumplimiento de que "la consulta libre, previa e informada es un derecho fundamental de naturaleza colectiva de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, establecido en el derecho nacional e internacional".