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Sección: Estado de Veracruz

Atenderá Junta Local de Conciliación y Arbitraje algunos trámites en vacaciones

- Será sobre pago de laudos, desistimientos y ratificación de renuncias, entre otros

- Dependencia habilitó como laborable el periodo del 14 de diciembre al 5 de enero

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 12/12/2020

alcalorpolitico.com

Para garantizar la estabilidad laboral y paz social en la entidad, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz habilitó el periodo vacacional de invierno como hábil, a partir del próximo lunes 14 de este mes y hasta el 5 de enero del 2021, con la finalidad de atender únicamente convenios dentro y fuera de juicio, pago de laudos, desistimientos y ratificaciones de renuncias.

José Luis García Sánchez, presidente de ese organismo, dio a conocer que en diciembre con excepción de los fines de semana y el día 25 y en enero, el 1° y el primer fin de semana, las Juntas Especiales de la Local de Conciliación y Arbitraje tendrán personal de guardia para atender citas agendadas vía telefónica.

Reiteró que las Juntas darán servicio sólo para atender los casos arriba mencionados, con el objetivo de brindar apoyo a los justiciables, siempre y cuando se adviertan necesarias y que sean derivadas por los procesos modificados ante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).



Por ello, “con la finalidad de continuar brindando una tutela judicial efectiva y no dejar en estado de indefensión a los justiciables durante el periodo vacacional de invierno 2020-2021, resulta necesario implementar acciones para garantizar la estabilidad laboral y paz social en el Estado”.

Manifestó que para evitar aglomeraciones en los centros de impartición de justicia laboral, se acordó la atención por cita programa en un horario de 9 de la mañana a 3 de la tarde, sin embargo, dentro y fuera de las Juntas continuarán implementándose las medidas sanitarias.

Asimismo, dijo que el personal que labore en las guardias, tendrá derecho a gozar de sus días de periodo vacacional posteriormente y de manera escalonada, dentro de los tres meses siguientes, a fin de no interrumpir el servicio que brindan las Juntas Especiales de la Local de Conciliación y Arbitraje.