Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Libertas

Autonomía y Junta de Gobierno

José Manuel Velasco Toro 12/11/2020

alcalorpolitico.com

En noviembre de 1966, el entonces Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), ante la acechanza contra la autonomía de la Universidad, emboscada siempre cuando hay situaciones que buscan obstruir la libertad y aspiran al totalitarismo de grupo, señaló contundente que “La autonomía, más que un privilegio, entraña una responsabilidad para todos los miembros de la comunidad universitaria: la de cumplir con nuestros deberes y hacer honor a la institución, recordando que la autonomía y el orden en nuestra casa de estudios no se fundan en el poder coercitivo, sino en una fuerza moral e intelectual, que sólo depende de la conciencia y la capacidad de cada uno de nosotros”. Y reafirmó: “la Universidad, en cuanto institución, no puede participar en política militante, partidista o de grupo, aun cuando en su seno se discutan libremente las doctrinas, opiniones e idearios en que se apoyan tales actividades”. Su interlocución de hace poco más de medio siglo, pese al tiempo transcurrido, sigue siendo válida en tanto que entraña principios éticos universales: responsabilidad, libertad y compromiso compartido. La autonomía constituye una verdadera revolución del pensamiento porque transformó el claustro universitario en espacio abierto al compromiso social en la formación profesional, la investigación científica, la divulgación del conocimiento y la extensión de la cultura. Pero, sobre todo, porque implica la relación Estado-Universidad sustentada en el sentido nacional de libertad de cátedra y espíritu de autogobierno. Bajo este signo, las universidades autónomas tienen la libertad, responsabilidad y derecho de gobernarse, facultad otorgada por el artículo 3 constitucional en su fracción VII en el que de entrada dice: “las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí mismas”. Mandato del que se deriva los procedimientos, hacia el interior de cada universidad, de constituir sus órganos de gobierno y, sobre todo, de los aspectos legales que fundamentan la designación de rectora o rector de la institución que se trate. En un preciso artículo publicado en la Revista Iberoamericana de Educación Superior (2019), Jaqueline del Carmen Jongitud Zamora y Claudio Rafael Castro López refieren cuatro diversas formas de selección de las autoridades al interior de las universidades públicas, pero centraron su atención en el modelo de Junta de Gobierno que es la forma utilizada en 15 Instituciones de Educación Superior (IES) públicas, entre las cuales se cuenta la Universidad Veracruzana, motivo de su artículo.

El 26 de noviembre de 1996, se expidió el decreto mediante el cual se otorgó autonomía a la Universidad Veracruzana. En su Ley de Autonomía se normó la creación de una Junta de Gobierno y en los artículo 4, 6 , 7 y 8, quedó claramente establecido el procedimiento para su integración, facultades y funciones, así como los requisitos que se deben reunir para ser miembro de la Junta de Gobierno, requerimientos que son los siguientes: 1) Ser ciudadano mexicano; 2) Ser persona honorable y de reconocido prestigio; 3) Ser miembro destacado de la comunidad académica estatal o nacional; 4); Haberse distinguido en su especialidad; 5) No desempeñar cargo de dirección gubernamental ni de elección popular; 6) No ser ministro de culto religioso; 7) No ser dirigente de partido político alguno; y 8) No haber ocupado puesto directivo en la Universidad en los tres años anteriores. Y en el reglamento de la Junta de Gobierno se especifica su integración, funcionamiento y designación de sus miembros los cuales deben ser cuatro miembros externos a la Universidad Veracruzana y cinco internos pertenecientes a la misma Casa de Estudios. Cada miembro durará cinco años sin posibilidad de reelección, además de ser honorífico el cargo. Para la designación de nuevos miembros, tanto internos como externos, la Junta de Gobierno emite una convocatoria para que la comunidad universitaria proponga candidatas o candidatos. De los propuestos, la Junta de Gobierno evalúa si se reúnen los requisitos de ley y propone una terna al Consejo General Universitario, máxima autoridad universitaria que determina, previo análisis de quienes integran la terna, quién o quiénes serán los nuevos miembros. Bajo este conjunto normativo, la Junta de Gobierno tiene la obligación y alta responsabilidad de conducirse de acuerdo con la legislación universitaria, cumplir con honorabilidad, es decir, con la cualidad moral de ser coherente con respecto a la norma, el sentido institucional y de respeto para no causar mal. Principios que obligan a los integrantes de este órgano colegiado, a “conducirse de forma objetiva, imparcial e independiente y con apego a la legalidad, para responder de forma digna al honor que se les ha otorgado, para guarecer la autonomía universitaria y no defraudar la confianza en ellos depositada”, señalan contundentes Jongitud Zamora y Castro López en el artículo de referencia. Hago este somero recorrido porque en estos días se deberá nombrar a un miembro externo destacado, y por tanto activo, de la “comunidad académica estatal o nacional”. Proceso clave en el que los actuales miembros de la Junta de Gobierno tienen, no sólo la responsabilidad, sino el alto deber de apegarse a la norma con coherencia ética y evitar la tentación de subvertir los hechos reales para sustituirlos por la ficción que falsea, a modo, el perfil de posibles candidatos. Igual actitud de deber ser tiene que observar el Consejo General Universitario. “Cumplir con nuestros deberes y hacer honor a la institución”, es consigna y misión de todo universitario para garantizar que se practique con los requisitos fundamentales que salvaguardan la autonomía, la libertad y el desarrollo de la universidad. Lo contrario es retroceso conservacionista que denota empobrecimiento espiritual e intolerancia al principio de cambio. La historia no se detiene, siempre avanza hacia adelante, hacia el futuro en permanente creación de lo nuevo. Las generaciones universitarias que ya pertenecen al siglo XXI, tienen el derecho de ser parte de una Universidad cuyo rostro está vuelto al futuro, no momificado en la nostalgia del pasado.